Nación
En 4 años se duplicó homicidio contra mujeres, advierte la UAM
La cifra de mujeres víctimas de homicidio doloso en México se ha duplicado durante los últimos cuatro años, advirtió la profesora de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) doctora Aleida Azamar Alonso, quien destacó que sólo el 30 por ciento de los casos han sido catalogados como feminicidios.
A través de un boletín de prensa, la investigadora remarcó que en la resolución de estos delitos, punto más álgido de la violencia de género que ha alcanzado niveles alarmantes en todo el país, las autoridades «han ignorado las evidencias de violencia física y sexual» que tipifican un feminicidio.
De acuerdo con datos del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) en México, desde 2015 los actos letales contra mujeres han pasado de un promedio de 150 a 304 casos mensuales, cifras indicadas además en el artículo Feminicidios: la importancia de llamar a los crímenes por su nombre, de Azamar Alonso.
«Hace un par de meses trascendió la noticia de que en lo que va de 2019 cada día en México han sido asesinadas diez féminas, un dato que contrasta con los 75 casos reportados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) en el mismo lapso», detalló la académica del Departamento de Producción Económica de la Unidad Xochimilco de la UAM.
La institución enfatizó que dicha diferencia obedece a las metodologías empleadas en cada estado de la república y a que este tipo de agresión no siempre está tipificado como una coyuntura de género en todos los códigos penales, hecho que se suma a un marco de actuación oficial que «suele ser deficiente».
Por otra parte, la casa de estudios señaló que en repetidas ocasiones ha sido la propia OCNF la que ha recomendado que la investigación en cada caso debería iniciarse como feminicidio «para garantizar la debida diligencia y favorecer la realización de pruebas fundamentales» para la acreditación del delito,
Asimismo evocó la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que en 2009 ratificó la definición de feminicidio como «el homicidio de mujeres por razones de género», y que resolvió que el acceso a la justicia ante actos de tal naturaleza seguiría los protocolos internacionales de protección a las mujeres.
«A pesar de ello», advirtió la institución, «a diez años de esa recomendación, en al menos 13 entidades permanecen sesgos en las investigaciones», particularmente aquellos que «ponen en duda la honorabilidad» de la agredida, hecho que al mismo tiempo vulnera la certeza sobre la metodología empleada para determinar un acto de feminicidio.
Por su parte, Azamar Alonso refirió que una de las principales problemáticas a las que se encuentra sujeta la demostración de este delito es que en algunos códigos penales el feminicidio está tipificado como homicidio, motivo que lo convierte en una figura penal no autónoma.
«En caso de que no se pueda acreditar que existió ‘alevosía, premeditación, ventaja, traición o brutal ferocidad’, no se puede calificar como tal», o al menos no a nivel federal, resaltó.
La docente e investigadora concluyó afirmando que, de forma paradójica, «aunque haya evidencia suficiente, en una gran cantidad de casos se ha desechado el uso del término ‘feminicida’ para imputar a los presuntos culpables», situación que por lo general minimiza la sentencia y se traduce en un «claro mensaje de impunidad» reproducido de manera sistemática desde el Estado hacia la sociedad.
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