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Nación

Declara Corte inconstitucional la penalización del aborto por violación

Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el penalizar a las mujeres que sean víctimas de violación en caso de que aborten en los primeros 90 días de gestación, práctica que todavía se castiga en al menos 10 estados.

Durante una sesión, la Primera Sala por unanimidad falló contra el artículo 181 del Código Penal de Chiapas, en el que se concedió un amparo a una menor de edad con parálisis cerebral, quien fue víctima de violación y el Hospital General de Tapachula «Dr. Manuel Velasco Suárez» rechazó la práctica de un aborto en 2018.

«Lo anterior, tras considerar que la limitación temporal prevista en dicho precepto implica un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida, sino resultado de conductas arbitrarias y violentas que desconocen su carácter de sujeto autónomo y que por lo mismo se trata de conductas que se encuentran tipificadas penalmente y son reprochables por el Estado», indicó la Primera Sala.

Asimismo, la Sala señaló que la negativa de la autoridad sanitaria se tradujo en una serie de violaciones graves a los derechos humanos de la víctima y de la madre, por lo que a fin de procurar la restitución de estos derechos a las solicitantes de amparo, se ordenó reconocer la calidad de víctimas a las quejosas a causa de las violaciones a sus derechos, para que sean reparadas de forma oportuna.

Finalmente vinculó la sentencia de amparo para su cumplimiento a la Comisión Ejecutiva Federal de Atención a Víctimas, para solicitar, obtener y coordinar las acciones necesarias, con el fin de aportar los elementos indispensables y eficaces para concretar las medidas de reparación integral por el daño ocasionado con la violación, esto, a pesar de que la interrupción del embarazo a la menor sí se llevó a cabo.

Las entidades que imponen límites temporales en abortos a causa de una violación, además de Chiapas, son Veracruz, Baja California, Quintana Roo, Chihuahua, Hidalgo y Colima, con 90 días de gestación, mientras que en Campeche, Michoacán y Coahuila, el límite es de 12 semanas. En tanto, el resto de los estados no prevén un plazo temporal, ya que se requieren de ciertas condiciones para estas practicas, entre ellas, la autorización de un juez o la comprobación de un abuso sexual.

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