Connect with us

Estados

Congreso de Aguascalientes despenaliza el aborto

Avanza marea verde en México: Sinaloa despenaliza el aborto
Foto: Especial

El Congreso de Aguascalientes, mayoritariamente panista, aprobó despenalizar el aborto cuando este se practique en un periodo máximo de 12 semanas de gestación.

Para cumplir con el ordenamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que había ordenado en septiembre pasado que los diputados debían legislar y modificar las leyes en el sentido votado hasta antes de la conclusión del presente periodo ordinario de sesiones, por lo que los legisladores lo hicieron hasta el último día.

En sesión privada y con voto cedular es como se realizó la votación debido a que los diferentes grupos parlamentarios tenían posiciones en contra, por ejemplo, el PAN promueve una ideología provida, en tanto que Morena y sus aliados tienen una agenda más progresista. Por ello, el voto cedular fue la única manera de construir un acuerdo.

Te puede interesar: Corte declara inconstitucional penalización del aborto en Chihuahua

Pese a que quedó establecido que el aborto será permitido hasta la 12 semana de gestación, el secretario de Salud de Aguascalientes, Rubén Galaviz, indicó que se propondrá la instalación de un comité que se encargue de convencer a las mujeres de no abortar y de evaluar si la interrupción del embarazo “se puede llevar a cabo o no”.

Además, señaló que en Aguascalientes no hay médicos que quieran practicar abortos y aunque esté en la ley no se les puede obligar a realizar el procedimiento. Asimismo, aseguró que el gobierno federal les ha pedido un hospital especializado para llevar a cabo las interrupciones.

“Entras a un comité donde la idea es convencer de que no suceda (el aborto). El problema es ético, la mayoría de médicos hacen un juramento donde preservan la vida, sin embargo, a veces la ley cambia los escenarios”, apuntó.

Actualmente en México el aborto es legal en 12 de los 32 estados hasta las 12 semanas sin importar la causa del embarazo, pero existen cinco excepciones para realizar la interrupción del embarazo pasada esa fecha sin penalización, estas son: cuando sea producto de una violación, de una inseminación artificial no consentida, sea un aborto imprudencial o accidental (espontáneo), si está en riesgo la vida de la mujer o si el feto tiene malformaciones genéticas o congénitas.

Publicidad


Síguenos en Facebook

Publicidad

Síguenos en Twitter

Recomendaciones