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TEPJF rechaza aplazar multa al PRI por descuido del padrón electoral a la venta en “Mercado Libre”

Foto: Cuartoscuro

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó aplazar la multa al Partido Revolucionario Institucional (PRI), impuesta por el uso indebido del Padrón Electoral a la venta en “Mercado Libre”.

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del TEPJF, en sesión llevada a cabo por videoconferencia, los magistrados consideraron que son inoperantes los agravios que acusa el PRI, quien argumenta que afectaría su desempeño en igualdad de condiciones en el proceso electoral 2020-2021.

El PRI tiene una multa por 84 millones 388 mil 178. 20 pesos, a pagar en seis mensualidades.

El pasado 4 de febrero, la Sala Superior concluyó que la petición del PRI para que el cobro de la multa se hiciera después del proceso electoral no se tramitó frente a la autoridad responsable.

Además, argumentó que contrario a lo que acusaba el partido, el INE sí tomó en cuenta las condiciones específicas del partido, por lo que se decidió fraccionar el cobro de la multa en seis mensualidades.

En febrero de 2015, el INE entregó al PRI la Lista Nominal de Electores de Revisión (LNER), en el marco del proceso electoral federal 2014-2015. El 3 de octubre de 2018, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores tuvo conocimiento de que en la plataforma digital “Mercado Libre” se ofrecía a la venta la “Base de Datos INE 2018” por un costo de 2 mil pesos.

Ante ello, el Consejo General del INE sancionó al PRI con la reducción del 10% del financiamiento público ordinario que le corresponde. El 9 de febrero de 2021, el partido presentó un escrito ante el INE, solicitando nuevamente que, por las condiciones económicas que afronta, se le cobrara la multa una vez concluido el proceso electoral 2020-2021.

El 26 de febrero de este año, el INE declaró improcedente la solicitud presentada, en esencia, porque modificar una determinación previamente aprobada por el Consejo General atentaría contra el principio de certeza jurídica y definitividad.

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