Connect with us

Cámara de Diputados

Repone TEPJF candidaturas de morenistas a diputados federales

Repone TEPJF candidaturas de morenistas a diputados federales
Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) para cancelar las candidaturas a diputaciones federales del partido Morena de Ana Elizabeth Ayala Leyva y Manuel Guillermo Chapman Moreno, reponiendo así su derecho a participar en las elecciones del 6 de junio.

A través de un comunicado, el TEPJF informó que en sesión no presencial, los comisionados determinaron que el INE carecía de atribuciones para decidir la pérdida sobre la presunción de no contar con un modo honesto de vivir de las personas, esto debido a que es una atribución exclusiva de la autoridad jurisdiccional electoral, o bien la autoridad que resuelva el procedimiento sancionador debe tener por acreditada la violencia política contra las mujeres en razón de género, federal o local.

Desde el pasado 2 de diciembre de 2019, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa declaró la existencia de violencia política contra las mujeres por razón de género y acoso laboral, que fueron atribuidos a ambos candidatos cuando eran presidente municipal y tesorera en el ayuntamiento de Ahome.

Bajo esa declaración del tribunal estatal, y ante la norma publicada en el Diario Oficial de la Federación en abril de aquel año que estipula como requisito para una diputación federal el no estar condenado o condenada al delito de violencia política contra las mujeres, El INE determinó el 28 de octubre de 2020 solicitó la investigación de ambos candidatos y posteriormente cancelar sus candidaturas pues ambos no cumplían con un modo honesto de vivir como lo estipula la declaración 3 de 3 contra la Violencia.

«Al realizar el estudio de fondo, las magistradas y magistrados de esta Sala Superior resaltaron que el INE requería que una autoridad jurisdiccional hubiera declarado previamente no solo la existencia o comisión de violencia política de género, sino que, en la misma sentencia se hubiera establecido que dicha conducta ameritaba la perdida de la presunción de un modo honesto de vivir», indicó así el Tribunal revocando la determinación del instituto electoral.

Te puede interesar: PT y PRD: los ‘pluris de las izquierdas pro y anti AMLO

Publicidad


Síguenos en Facebook

Publicidad

Síguenos en Twitter

Recomendaciones