Economía
Operadores de telecomunicaciones tendrán que bonificar a usuarios por fallas
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) realizó el pasado 4 de septiembre una modificación a la NOM-184-SCFI-2018 (Norma Oficial Mexicana) en beneficio de los usuarios para proteger sus derechos como consumidores de servicios en telecomunicaciones.
Esta modificación beneficia a los consumidores ya que los proveedores de servicios en telecomunicaciones que presenten fallas en los servicios que ofertan están obligados a bonificar a sus usuarios.
Con la modificación a la NOM-184-SCFI-2018, los usuarios podrán hacer valer sus derechos en los siguientes servicios:
Telefonía móvil.
Telefonía Fija.
Internet.
Televisión de Paga.
Equipo Terminal.
Así lo señala el apartado T del capítulo 5 de los contratos de adhesión en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Establecer que en caso de que el Servicio de Telecomunicaciones no se preste o proporcione en la forma y términos convenidos o implícitos en la publicidad, por causas imputables al Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones, éste debe compensar al Consumidor la parte proporcional del precio del Servicio de Telecomunicaciones que se dejó de prestar, y como bonificación, al menos el 20% del monto del periodo de afectación en la prestación del Servicio de Telecomunicaciones contratado.
Por su parte el titular de la Profeco, Ricardo Sheffield Padilla, detalló que espera que las empresas tomen la inicia en caso de que alguna falla afecte el servicio de los clientes y hagan la bonificación a los consumidores, y en caso de que esto no ocurra, los consumidores podrán solicitar la intervención de la dependencia.
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