Nación
Corte falla contra discriminación a trabajadoras domésticas

Este miércoles la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el proyecto presentado por el Ministro Alberto Pérez Dayán en relación con la no discriminación e inclusión del trabajo doméstico dentro de la seguridad social.
Respecto al amparo directo 9/2018, determinando inconstitucional que los patrones no «estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)».
Esto debido a que no existe constitucionalmente ninguna razón válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico dentro de la seguridad social, lo cual podría entonces ser considerado discriminación.
«El trabajo doméstico ha sido tradicionalmente objeto de condiciones inadecuadas, extensas jornadas y bajos salarios, expuesto a condiciones que están lejos del concepto de trabajo digno», afirmó la Suprema Corte por medio de un comunicado.
Como consecuencia de esto, se concedió el amparo para hacer del conocimiento del IMSS de esta situación discriminatoria y ordenar que dentro de un plazo prudente se implemente un «programa piloto» que tenga como fin diseñar un régimen de seguridad social para trabajadoras del hogar.
Acorde con la SCJN «el régimen especial debe resultar de fácil implementación para los patrones y no puede ser de carácter voluntario, sino obligatorio. Asimismo, se deberá explotar la posibilidad de facilitar la incorporación al nuevo régimen especial, excusando a los patrones de encontrarse inscritos ante el SAT».
Con todo esto se planea que en un plazo no mayor a 3 años tras la implementación del programa piloto se logre obtener seguridad social suficiente para las empleadas domésticas del país.
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