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Nación

TEPJF valida elección del Tribunal de Disciplina Judicial

Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la elección mediante la cual se eligieron a los primeros magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial. Esto dado que la mayoría consideró que no se prueba una estrategia ilícita, coordinada, sistemática y generalizada para influir en el voto; la coacción del voto; ni el uso indebido de recursos públicos o supuestas violaciones acontecidas en el procedimiento electoral.

Durante la sesión de la Sala Superior de TEPJF, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón compartió que respetuosamente se apartaría del proyecto de Felipe de la Mata Pizaña, argumentando que realiza una valoración segmentada de las pruebas hacia afirmaciones dogmáticas sobre la posible coacción que pudo originar los acordeones. Asimismo, consideró que pierde de vista –o no hace un análisis– respecto de la posible vulneración a la equidad en la contienda.

“Por ejemplo, respecto de los acordeones físicos, el proyecto nos dice que no es viable atribuir responsabilidad en la elaboración y distribución de los acordeones a terceros, pero sí es posible asumir que los hizo la ciudadanía, lo cual estaba permitido […] Respecto de las publicaciones en redes sociales, con imágenes de acordeones, el proyecto nos dice que no es posible tener certeza sobre quiénes son los usuarios que hacen las publicaciones o que las imágenes contenidas en los mensajes correspondan con la realidad”, pronunció.

Asimismo, expresó que las aseveraciones obligan a preguntar qué elementos podrían llevar a concluir que los cientos de miles de acordeones –idénticos y profesionalmente impresos– fueron elaborados cada uno de ellos por personas ciudadanas en lo individual. En tanto, criticó que el planteamiento prácticamente exige que se pruebe también que las “guías” fueron distribuidas en cada una de las casillas, usadas por las personas votantes y que modificaron la forma en que originalmente lo iban a hacer.

En contraste, Felipe Alfredo Fuentes Barrera expresó que el proyecto se apega plenamente a los precedentes de la Sala Superior y es claro que solo con violaciones graves, dolosas y determinantes, tanto en el sentido cuantitativo como cualitativo, puede anularse una elección. Asimismo, mencionó que las pruebas aportadas contra la validez de la elección del Tribunal de Disciplina Judicial son privadas o técnicas, sin circunstancias de tiempo, modo y lugar.

En tanto, la magistrada presidenta, Mónica Soto Fregoso, apuntó que no hay una sola prueba que haga constatar que los acordeones que están en el expediente hayan sido utilizados o hayan influido en la votación. Destacó también que respecto a estos elementos no se sabe dónde se imprimieron –si fue antes o después de los comicios– ni cómo vincularlos al proceso electoral.

“El estándar probatorio para la nulidad de una elección es riguroso porque es el último acto que puede llevar un proceso electoral que se puede hacer, que por supuesto si hay evidencias es válido realizarlo, en este caso no hay una sola evidencia de que los acordeones que están en los expedientes […] pudieron haber influido cuando está claro que ni siquiera fueron utilizados por nadie porque están prácticamente recién impresos en este caso”, pronunció.

Finalmente, consideró que el material probatorio sigue siendo mera sospecha y que los documentos que están en los expedientes no prueban siquiera que fueron distribuidos. A favor de la validación de la elección votaron Felipe de la Mata Pizaña, Mónica Soto Fregoso y Alfredo Fuentes Barrera; en contra lo hicieron Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón.

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