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Cámara de Diputados

Diputados aprueban en lo general la reforma a la Ley de Amparo

Foto: Especial

La Cámara de Diputados aprobó, con apoyo de Morena, Partido del Trabajo (PT) y Partido Verde Ecologista de México (PVEM), la reforma a la Ley de Amparo, modificando la minuta del Senado de la República para eliminar la retroactividad de un artículo transitorio. Sin embargo, la oposición acusó que esta nueva redacción limitará el derecho a la defensa mediante dicho recurso.

Julio César Moreno Rivera, presidente de la Comisión de Justicia, fue el encargado de presentar el dictamen a las diputadas y diputados presentes apuntando que este moderniza el juicio de amparo mediante el uso de herramientas digitales; hace más eficiente y expedito el recurso, evitando dilaciones y abusos procesales; y reafirma su carácter garantista, manteniéndolo como medio defensivo por excelencia frente a los actos de autoridades.

«Se establece que el interés legítimo debe derivar de una afectación real, individual o colectiva, actual y diferenciada, cuya reparación genere un beneficio cierto. Con ello, no se cierra la puerta a los derechos colectivos, sino que se les da un marco jurídico más sólido y coherente con la jurisprudencia de la Suprema Corte. La suspensión del acto reclamado se mantiene como herramienta esencial de protección, pero se evita su uso abusivo. No podrá emplearse para encubrir actividades ilícitas, lavado de dinero, evasión fiscal ni para detener actos de interés público que beneficien a la sociedad», pronunció.

Ya en el debate, el diputado emecista Gustavo Adolfo de Hoyos Walther aseguró que la modificación legal está hecha en sentido restrictivo, lo cual puede resultar inconstitucional y debilitar al amparo como mecanismo fundamental para la defensa de los derechos humanos. Indicó que la propuesta busca limitar al quejoso frente a los actos de autoridad, a pesar de que incorpora la lesión jurídica y colectiva.

«Sigue restringiendo a las minorías al reducir el alcance de amparo y otorga el poder al juzgador para establecer mediante su propio criterio si hay o no hay interés legítimo, demeritando los supuestos donde hay lesión», externó.

Por parte del Partido Revolucionario Institucional (PRI), César Alejandro Domínguez Domínguez argumentó en contra del dictamen diciendo que Manuel Cresencio Rejón creó la figura del amparo para defender los derechos de los ciudadanos, no para defender al gobierno y al Estado de los ciudadanos. En tanto, Rubén Moreira Valdez, coordinador de los diputados tricolores, dijo que este texto termina con el «interés legítimo» y mengua la suspensión con miras a ir por el dinero de contribuyentes y opositores.

«Quieren llenar las cárceles de inocentes, de personas que no son peligrosas. Vamos en contra, porque desatiende el control de convencionalidad, ese del artículo 1o […] Vamos en contra porque atenta contra la presunción de inocencia, contra las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en materia de prisión preventiva», indicó el exgobernador de Coahuila.

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Mientras tanto, el panista José Elías Lixa Abimerhi afirmó que el amparo no protege a los poderosos, sino a los débiles, los oprimidos y comunidades indígenas. Por el contrario, la morenista Mariana Benítez Tiburcio declaró que quienes sostienen que la reforma es autoritaria se equivocan o mienten deliberadamente, dado que no vulnera derechos fundamentales, sino que, por el contrario, los fortalece y protege de los abusos de quienes por años han intentado secuestrarlo.

Tras el debate en lo general, se ordenó abrir el sistema electrónico de votación y la plataforma digital para recabar los votos. Tras unos minutos, se cerró el sistema registrando 345 votos a favor del dictamen, 131 en contra y 3 abstenciones, por lo cual fue aprobado en lo general.

Ya en la discusión en lo particular, Morena, a través de Mariana Benítez, promovió una reserva para poner una redacción de la fracción III del artículo 128 de la Ley de Amparo que establezca que la suspensión se decretará cuando “[…] al ponderar los efectos de la suspensión frente al interés social y a disposiciones de orden público, el órgano jurisdiccional advierta que su concesión no causa un daño significativo a la colectividad ni priva a la sociedad de beneficios que ordinariamente le correspondan”,eliminando la parte de “interés público”. Junto a eso, suprimía la fracción V que establecía el requisito de que fuera fuera una situación que, de ejecutarse, causaría daños de difícil reparación.

Al respecto, Hugo Éric Flores Cervantes, de Morena, argumentó a favor diciendo que esto solamente sistematizará la jurisprudencia que dejó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pasada en la materia. A la par, señaló que se elimina la fracción V pensando en la colectividad y teniendo sensibilidad social.

En tanto, la diputada panista Margarita Zavala Gómez del Campo consideró correcto quitar lo relativo al concepto “interés público” y la eliminación de la fracción V. No obstante, opinó que poner “ni priva a la sociedad de beneficios que ordinariamente le correspondan” no dice nada en concreto, pero es populismo que deja abierta la entrega de la suspensión a criterio de juzgadores. Al cierre de nota, se perfilaba un largo debate que culminaría con la aprobación del proyecto para enviarlo al Senado con los cambios hechos a la minuta recibida.

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