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Transparencia: ¿qué información del Senado tienes derecho a consultar?

Foto: Cuartoscuro

El fortalecimiento de las instituciones mexicanas ha dado paso a la transparencia, uno de los elementos principales de los gobiernos democráticos y de los valores que dan pie al parlamento abierto, permeando incluso en el Poder Legislativo, puesto que es posible conocer algunos datos esenciales de la actividad que se tienen en el Senado.

El 30 de abril de 2003, el Pleno del Senado aprobó el Acuerdo Parlamentario para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ley que enmarcaba la reciente creación del Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

En ese documento, el Senado de la República aseguró a los mexicanos a conocer y acceder fácilmente a información a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica, datos esenciales como la estructura Orgánica del Senado de la República, las facultades de cada una de sus unidades legislativas, técnicas, administrativas y parlamentarias, el directorio completo de los servidores públicos que prestan sus servicios en el Senado o el orden del día de las sesiones de la Cámara, en sus periodos ordinarios y extraordinarios.

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A partir de ello es que actualmente, con el desarrollo tecnológico, se tiene la experiencia de 17 años que permiten dar una versión electrónica la Gaceta parlamentaria, el Diario de Debates, iniciativas de ley, proyectos de decreto y puntos de acuerdo presentados para su discusión y dictamen e incluso elementos que hoy se ven básicos como el registro de asistencia de los legisladores a las sesiones y comisione o el registro del sentido de sus votos.

¿Qué otro tipo de información es pública de acuerdo a la Ley de Transparencia actual? En su artículo 70, se señala que los sujetos obligados del Poder Legislativo Federal deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

-Las versiones públicas de la información entregada en las audiencias públicas, comparecencias y en los procedimientos de designación, ratificación, elección, reelección o cualquier otro.

-Las contrataciones de servicios personales señalando el nombre del prestador del servicio, objeto, monto y vigencia del contrato de los órganos de gobierno, Comisiones, Comités, Grupos Parlamentarios y centros de estudio u órganos de investigación.

-El informe semestral del ejercicio presupuestal del uso y destino de los recursos financieros de los órganos de gobierno, Comisiones, Comités, Grupos Parlamentarios y centros de estudio u órganos de investigación.

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