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Nación

TEPJF califica como “propaganda gubernamental” los informes de AMLO en 2019, incluido el “AMLOFEST»

Foto: Cuartoscuro

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia de la Sala Regional Especializada, sosteniendo que los informes del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), realizados en el año 2019, no fueron un ejercicio de rendición de cuentas, sino propaganda gubernamental.

Magistradas y los magistrados ordenaron a la Sala Regional dictar una nueva sentencia y analizar si el informe de 100 días de gobierno y el realizado el 1 de julio, denominado “AMLOFEST”, constituyen una infracción en materia electoral. Estos pidieron analizar qué licitud tiene lo hecho por López Obrador, además de si hay o no infracción en materia electoral y si atentó contra los artículos 41 y 134 constitucionales respecto al principio de neutralidad.

Esta resolución se da luego de que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Partido Acción Nacional (PAN) impugnaran la resolución de la Sala Regional Especializada. Estos fundamentaron su acusación diciendo que hubo una utilización indebida de recursos públicos; promoción personalizada; transgresiones a las reglas de informe de labores, al modelo de comunicación política y al principio de imparcialidad; así como la indebida adquisición de tiempos en radio y televisión, con motivo del informe de 100 días de gobierno, del 11 de marzo de 2019.

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Dentro de las impugnaciones también señalaron mensajes alusivos en barda, lonas y mantas invitando a ver el primer informe de labores de AMLO, algunas promocionadas incluso por el diputado local de la CDMX, Carlos Castillo Pérez.

Así, se pidió a la Sala que analice si estos eventos a la luz del modelo de comunicación política y la Ley General de Comunicación Social, constituyen una infracción en materia electoral.

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