Nación
SCJN analiza acción de inconstitucionalidad a Ley de Remuneraciones
Luis Raúl González Pérez, presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, interpuso el jueves 22 de noviembre una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
Ahora, el ministro Alberto Pérez Dayán le dio entrada a la acción propuesta por la Comisión.
El pasado 6 de noviembre se hizo realidad la ley que no permite que los funcionarios tengan un sueldo mayor al del Presidente de la República y que fija los salarios de los funcionarios en máximo 108 mil pesos al mes.
La Comisión interpuso la impugnación ya que considera que la ley viola 10 derechos humanos, principios legales y garantías, entre ellos los de igualdad, no discriminación y remuneración anual irrenunciable y proporcional a las responsabilidades, esto de acuerdo al comunicado del organismo.
Por otra parte el artículo 94 de la Carta Magna indica que el sueldo de los magistrados de la Corte, magistrados de Circuito, Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, “no podrá ser disminuida durante su encargo”.
El presidente de la Comisión solicitó a los ministros analizar y en caso de ser necesario, se pronuncien sobre la ley promovida por el presidente electo Andrés Manuel López Obrador.
La impugnación fue recibida en la SCJN el 22 de noviembre con el número de expediente 105/2018 y en ella se solicita a los ministros declaren la invalidez de los artículos 5,6,7,8,12,13,14,15,16 y 17 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2018, vigente hace 20 días.
Alberto Pérez Dayán será el encargado de determinar en los próximos días su admisión y de ser así, el Tribunal deberá analizar el tema salarial de los funcionarios públicos salariales.
En el acuerdo de admisión se instruyó dar vista de la demanda a las cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, así como al presidente de la República, para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en el que surta efectos la notificación.
El ministro instructor acordó, de igual manera, dar vista a la Procuraduría General de la República para que, antes del cierre de instrucción, formule el pedimento que le corresponde.
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