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Samuel García cometió violencia política por razón de género contra Clara Luz Flores: TEPJF
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que Samuel García, candidato de Movimiento Ciudadano a la gubernatura de Nuevo León y virtual candidato de esa contienda, cometió violencia política por razón de género contra Clara Luz Flores.
La Sala Especializada del TEPJF señaló que la violencia política por razón de género cometida por Samuel García se debió a la difusión de dos promocionales. Adicionalmente se acreditó el uso indebido de la pauta atribuido a Movimiento Ciudadano.
De acuerdo con la mayoría de magistradas y magistrados, los spots denominados «No soy como ellos» y «La vieja política NL» tienen frases que tienen la finalidad de generar un estereotipo al señalar que las mujeres logran un puesto de elección gracias a hombres con cargos políticos, con quienes tienen una relación o parentesco, y no por su trayectoria, propuestas o méritos propios.
Por ello, consideraron que estos promocionales demeritan la capacidad de la excandidata para gobernar al mostrarla dependiente de su cónyuge, algo que no se justifica mediante la libertad de expresión en el contexto del debate público.
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Por lo anterior, este órgano jurisdiccional determinó imponer multas a Samuel García y a Movimiento Ciudadano, por incumplir disposiciones jurídicas nacionales e internacionales que reconocen el ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, así como el desarrollo de la contienda electoral en condiciones de igualdad.
De entre los presentes, solo hubo el voto en contra del magistrado presidente Rubén Jesús Lara Patrón.
Como consecuencia, se ordenaron dos medidas de reparación integral y de no repetición, consistentes en una disculpa pública, a través de un video por parte del excandidato denunciado. La condición es que este mensaje cuente con difusión en las redes sociales y páginas oficiales del entonces candidato y de Movimiento Ciudadano, así como en radio, televisión. Además, deberá disculpase por la difusión de los spots mencionados.
Asimismo, tanto Samuel García como su partido deberán publicar un extracto de la sentencia SRE- PSC-85/2021 en sus cuentas de redes sociales durante 15 días.
De igual forma, se instruyó al denunciado, a su equipo de comunicación y a las personas encargadas de la difusión y comunicación al interior de Movimiento Ciudadano para que realicen un curso en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género, orientado a la promoción y protección de los derechos de las mujeres.
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