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Internacional

¿Qué hacer en caso de una detención migratoria en EU?

Este domingo inician las redadas contra migrantes en Estados Unidos. Ante ello, La Hoguera preparó algunos datos que podrían servir en caso de requerir ayuda consular por una detención migratoria. Estos son algunos consejos que las autoridades mexicanas han dado a conocer y que incluso servirían para migrantes de cualquier nacionalidad.

El pasado 12 de julio, la Secretaría de Relaciones Exteriores reiteró mediante un comunicado que la red consular está abierta y lista para atender a la comunidad mexicana sin importar el día y la hora, para lo cual puso a su disposición el Centro de Información y Asistencia a Mexicanos (CIAM), (520) 623 7874, en caso de que tengan dudas o requieran asistencia consular.

Este centro a la vez formuló un esquema de cómo actuar en caso de detención migratoria.

1.- Elabora un plan de emergencia: Cuida a tu familia, especialmente de las niñas, niños y adolescentes. Si nacieron en EU acude a tu consulado para registrarlos como mexicanos.

2.-Mantén tus documentos a la mano y una copia en un lugar seguro.

3.- Si requieres orientación migratoria, acércate a tu consulado. Te brindarán información sobre abogados migratorios confiables.

4.- Conoce tus derechos en tu casa, lugar de trabajo o en la calle. Si las autoridades migratorias llegan a tu casa:

No abras la puerta.
Mantén la calma.
No huyas.
No reveles la situación migratoria.
Pide la orden judicial de arresto y/o registro. Si la tienen pide que la muestren por la ventana y revisa que tenga tu nombre, dirección y la firma del juez.
Si no tienen una orden judicial puedes negarte a dejarlos entrar.

5.- Si las autoridades migratorias entran en tu casa sin una orden de arresto y/o registro pide nombres y de manera respetuosa diles que no das tu autorización para realizar el registro.

6.- Si las autoridades migratorias te detienen:
Guarda silencio
No reveles tu situación migratoria
Pide hablar con el consulado en las primeras horas de ser detenido.
Comunícate con tu abogado.
No firmes nada.
Averigua qué agencia te arrestó [sheriff, departamento de policía local, ICE, patrulla fronteriza, etc.].
Solicita un intérprete y una fianza.
No mientas.
No muestres documentos falsos.

Junto a estos consejos, la Secretaría de Relaciones Exteriores de México recuerda a los migrantes que una orden administrativa del ICE [forma I-200, I-205], NO LES DA AUTORIZACIÓN PARA ENTRAR A TU CASA.

Te puede interesar: Este es el plan de Ebrard para atender a los mexicanos en EU

Además, en caso de ser detenidos deben conocer ver a un juez, defenderse en la corte de migración y a través de ese proceso pueden permanecer en Estados Unidos; el segundo punto es pedir hablar con un abogado y el consulado, puesto que este último puede proporcionar información sobre su posible defensa; y tercero, no firmar ningún documento, especialmente si está en inglés puesto que podrían estar firmando una salida voluntaria y renunciar a sus derechos.

El abogado consultado por la SRE señala que tanto 1) aquellos que han sido deportados en el pasado y quienes no han sido deportados pueden pedir ver a un juez en una audiencia en la Corte de Migración. No obstante, los del primer grupo sus opciones son más limitadas por lo que deberá permanecer detenido en la Corte de Migración, mientras que quienes no han sido deportados sí pueden pedir una audiencia de fianza donde la Corte le puede permitir salir de la detención para pelear su caso en libre comunidad.

El límite más bajo para la fianza son 1500 dólares sin que haya un tope máximo, por lo que esto depende de cada caso. Para obtener esta opción de juicio en libre comunidad también deberá comprobar que tiene una dirección fija para vivir, lazos con la comunidad, que la persona no es un riesgo de fuga y que no represente el riesgo para la comunidad. No obstante, vale la pena ser conscientes de que la decisión de permitir la estancia en Estados Unidos no es segura tras resolverse su caso y que ello dependerá del juicio que haga el juez.

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