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Metrópoli

Proponen amnistía a mujeres presas por abortar en Edomex

Foto: Marie Stopes Internacional

Omar Ortega Álvarez, coordinador del Partido de la Revolución Democrática, presentó una iniciativa para expedir la “Ley de Amnistía en favor de las Mujeres Privadas de su Libertad por el Delito de Aborto en Territorio Mexiquense”. El objetivo de esta ley es otorgar su libertad a las mujeres que hayan sido encarceladas por el delito de aborto.

De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), las entidades federativas que presentan más denuncias por el tema de aborto son Ciudad de México con 894 casos, Baja California 878, Veracruz 416, Nuevo León 339 e Hidalgo con 207. Mientras que 228 personas fueron sentenciadas por la misma causa. En este rubro los primeros lugares son el Estado de México, Veracruz, Tamaulipas, Sonora e Hidalgo.

Durante el primer bimestre del 2018 se inició un procedimiento penal a 19 mujeres mexiquenses por haber interrumpido su embarazo.

“La maternidad debe ser una decisión y no una obligación, algo que concierne a las mujeres decidir con toda la información y los apoyos institucionales necesarios para garantizar su salud, vida e integridad. Mientras eso se logra en nuestra entidad, no podemos seguir criminalizando a las mujeres más vulnerables que deciden interrumpir su embarazo, o las que no lo planean”, señala Ortega Álvarez.

Cabe recordar que en cada entidad federativa de México existen distintas condiciones para que el aborto sea legal. Por ejemplo:

Por violación en 32 estados
Por Peligro de muerte en 24 estados
Imprudencial o culposo en 29 estados
Por Inseminación artificial no consentida en 13 estados
Por alteraciones genéticas o congénitas graves en 16 estados
Por salud psicológica en 14 estados
Por causas económicas en dos entidades
Por voluntad de la mujer sólo en la Ciudad de México

A continuación, la Ley de Amnistía:

Ley de amnistía

Artículo 1.- Se decreta amnistía en favor de todas las mujeres contra las que se hayan ejercido acciones penales que hayan derivado en la privación de su libertad por el delito de aborto en cualquiera de sus causales.

Artículo 2.- La amnistía extingue toda acción penal y sanción impuesta en los casos que se enmarquen en el artículo 1 de la presente ley. Las autoridades estatales competentes, revocarán las órdenes de aprehensión pendientes y pondrán en libertad a las procesadas o sentenciadas. En el caso de que se hubiere interpuesto demanda de amparo por las personas a quienes beneficia esta ley, la autoridad que conozca del respectivo juicio dictará auto de sobreseimiento.

Artículo 3.- Las personas a quienes beneficie esta Ley, no podrán en lo futuro ser interrogadas, investigadas, citadas a comparecer, detenidas, aprehendidas, procesadas o molestadas de manera alguna por los delitos de los que hayan sido absueltas mediante esta amnistía.

Por: Regina García

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