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Nación

¿Por qué la SCJN devolvió casi mil millones de pesos a los Azcárraga?

Foto: Cuartoscuro

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) criticó nuevamente la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mediante la cual se ordenó al Gobierno federal entregar aproximadamente mil millones de pesos a los sucesores de Carmela Azcárraga Milmo. ¿Pero qué fue lo que consideraron los ministros para devolverle dicho monto?

En 2007, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa negó a Carmela Azcárraga la devolución de 338.9 mdp de impuestos cobrados por la venta de acciones de Acotel S.A. de C.V. Ante ello, esta se siguió amparando ante esta decisión. No obstante, la ministra Yasmín Esquivel Mossa, propuesta por AMLO, presentó el 8 de septiembre pasado, ante la Segunda Sala de la SCJN, un proyecto para revocar la sentencia citada.

Este fue aceptado en su integridad de manera unánime. Como efecto, se ordenó a la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa 1) dejar insubsistente la sentencia mencionada el dieciocho de abril de dos mil diecisiete donde se reiteraba la primera resolución y dicte otra en la que declare la nulidad del acto; 2) determinar que está probado el derecho subjetivo de Carmela Azcárraga; y, 3) ordenar la devolución que solicitó.

Además, también se deberán entregar los montos que resultaran de las actualizaciones de la cifra pedida, motivo por el cual deberá entregar el gobierno casi mil millones de pesos.

La ministra explicó que la parte actora efectuó un cálculo y pago del impuesto sobre la renta, pero advirtió y expresó que existía incertidumbre para hacerlo. Esto generó un “pago de lo indebido” y así lo planteó ante la autoridad.

Esquivel Mossa argumentó en su proyecto que la autoridad fiscal no ejerció oportunamente su oposición a la solicitud del pago de lo «indebido». Por ello, quedó sin la posibilidad de hacer valer su prerrogativa para sostener la improcedencia de la devolución solicitada por la hoy quejosa.

Sin embargo, consideró que, en el juicio contencioso en el que ofreció todas las pruebas que exhibió ante Azcárraga Milmo, la autoridad demandada sí debió contestar para que la responsable estuviera en posibilidad de constatar el derecho subjetivo.

«La falta de sustento de la negativa ficta y la falta de pruebas de la demandada, limitaba el actuar de la sala» apunto. Pero, a la par consideró que el Tribunal únicamente debió tomar en cuenta para dictaminar lo que se había presentado hasta la solicitud de devolución, mas no determinar, en suplencia de la autoridad, que no procedía declarar la nulidad del acto, porque la prueba pericial ofrecida por la promovente no era idónea.

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Finalmente, mencionó que al hacer esto sustituyó a la autoridad fiscal convirtiéndose en su coadyuvante y mejorando su actuación, lo que rompe con el principio de litis cerrada. Este error habría sido reiterado, pues había reconocido la validez de una resolución que no está fundada ni motivada, según expuso en el proyecto aprobado del Amparo directo en Revisión 7472/2019.

El pasado 13 de septiembre, el presidente López Obrador calificó de insensibles a los ministros Javier Laynez Potisek, Luis María Aguilar Morales, José Fernando Franco González Salas y Alberto Pérez Dayán por validar este proyecto.

«No es de que no presentaste a tiempo el escrito, te faltó ponerle la fecha, no asististe a la audiencia, ¿entonces? ¿Cómo no se van a dar cuenta de que se trata de mil millones de pesos?,¿Qué no están ahí para impartir justicia? Eso es un problema que tenemos», reclamó en esa fecha agregando que ese dinero pudo haberse llegado a invertir en becas, vacunas y programas sociales para los más pobres.

En tanto, en su conferencia matutina del martes 21 de septiembre reiteró su condena al decir que dicha resolución le dolía hasta el alma y cuestionándoles si no podían volver a revisar el asunto de fondo. Esto pese a que, como se describió anteriormente, uno de los ejes de la defensa del proyecto es que no se puede sustituir a la autoridad fiscal.

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