Nación
Ordena Inai a FGR informar sobre cuántas denuncias hay contra Fox, Calderón, Peña Nieto y AMLO
El pleno del Instituto Nacional de transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai)ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) informar sobre cuántas denuncias y carpetas de investigación han sido abiertas en contra de los expresidentes Vicente Fox Quesada, Felipe Caderón Hinojosa, Enrique Peña Nieto, y del actual, Andrés Manuel López Obrador.
Los comisionados del organismo autónomos resolvieron que la FGR deberá entregar esta información solicitada por un ciudadano y la cual le fue negada bajo el argumento de que era “clasificada porque debía velar por el buen nombre, el derecho al honor y a la presunción de inocencia de los posibles involucrados en la solicitud”.
Sin embargo, el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, quien presentó la ponencia, explicó que bajo ningún motivo el ciudadano está solicitando una denuncia por un particular, por un hecho del plano privado de un expresidente, sino que se está solicitando aquellas denuncias, expedientes o carpetas de investigación por hechos relacionados con sus mandatos.
Por ello, la Fiscalía tendrá que proporcionar los datos solicitados por el ciudadano del periodo comprendido del 1 de diciembre de 2000 al 1 de abril de 2022, de “únicamente por lo que hace aquellas averiguaciones que ya sean del conocimiento del imputado”, ello con el propósito de “no entorpecer las investigaciones iniciadas”, siempre señalando que sean las referentes a sus encargos públicos y no las de su vida privada.
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Además, la ponencia del comisionado Acuña Llamas advierte que la clasificación de la información como confidencial o reservada no puede constituir una regla absoluta, pues afirma que hay casos en los que la difusión genera mayores beneficios para la sociedad que los daños que pudieran provocar la difusión.
En ese contexto, explica, el Inai llevó a cabo una prueba de interés público ponderando los elementos de los subprincipios de la idoneidad, necesidad y proporcionalidad, de la que concluyó que, sobre la idoneidad, la información solicitada sobre los expresidentes y presidente contribuye a que los gobernados tengan conocimiento respecto a de las investigaciones de sus gobernantes por lo que les permitirá dar seguimiento a las acciones que tomen las autoridades judiciales.
Respecto a la necesidad, indicó que, si se negara el derecho al acceso a la información, se estaría impidiendo que la sociedad tuviera los elementos informativos necesarios para hacer una valoración del ejercicio o desempeño de que tienen los gobernantes, así como el saber cómo concluyeron las imputaciones en su contra, lo cual no puede quedar limitado al ámbito privado, debido a la importancia que tienen los personajes para la sociedad.
En cuanto a la proporcionalidad, determinaron que las personas públicas, como los mandatarios, “deben soportar un mayor nivel de injerencia en sus derechos de la personalidad, como es su privacidad, protección de datos, honor e imagen, así como el de presunción de inocencia”, dado el interés social que tiene la sociedad de recibir información de estos servidores públicos para un libre debate público de las imputaciones que se les han hecho.
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