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Nación

INAI solicita dar a conocer información sobre menores migrantes no acompañados

Foto: Cuartoscuro

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) que haga pública y dé a conocer información sobre menores migrantes no acompañados que fueron transferidos a centros de asistencia social.  

El Pleno del INAI resolvió que el SNDIF debe dar a conocer información de los 447 niñas, niños y adolescentes migrantes extranjeros no acompañados que fueron referidos a Centros de Asistencia Social entre el 1 de enero de 2019 y el 10 de mayo de 2020, precisando la nacionalidad de cada uno de ellos, la autoridad encargada de referirlo, la fecha en que se recibió, nombre de la institución y localidad donde se encuentra, el objetivo de referencia así como la fecha y motivo de salda del Centro de Asistencia Social.    

La comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena señaló que la información constituye un insumo necesario para conocer cómo se brinda asistencia pública y protección integran a este grupo vulnerable que se encuentra expuesto a violaciones de Derechos Humanos y a daños en su bienestar físico y psicológico.

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La orden responde a una revisión del INAI de una solicitud hecha por un particular luego de que el SNIF, a través de la Unidad de Asistencia e Inclusión Social, la Dirección General de Integración Social y la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes entregaran solo información estadística respecto a casos registrados, y que un alcance, entregó una base de datos con información como edad, sexo e institución de asistencia social. 

La Comisionada ponente concluyó en su análisis de caso que el SNDIF no garantizó por completo el derecho de acceso a la información del particular dado que la mayoría de datos contenidos en la base referida en alcance a su respuesta no fueron solicitados por el particular, clasificando además el rubro de la nacionalidad; además, apuntó que el criterio utilizado para buscar la información se limitó a localizar una base de datos con la información requerida sin consultar los archivos físicos.

Finalmente, esta argumentó que de acuerdo con la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y su Reglamento, el SNDIF debe diseñar y administrar bases de datos con la información de menores migrantes extranjeros no acompañados y, a su vez, los Centros de Asistencia Social deben llevar un registro de los menores bajo su custodia, el cual se actualiza de manera permanente y se remite al sujeto obligado.

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