Nación
INAI ordena a la SCT dar a conocer permisos sobre Tren Maya

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) buscar y entregar copia de los permisos para construir y operar las terminales de transporte ferroviario de carga y de pasajeros del Tren Maya y obras asociadas, así como los accesos, cruzamientos e instalaciones contempladas en el proyecto.
Debido al impacto económico, cultural, ambiental e histórico de la obra del Tren Maya, la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos señaló que es importante garantizar a la ciudadanía el acceso a la información veraz, cierta y oportuna, sobre todo, a la población que habita en las zonas por las cuales atravesará la construcción.
“Por las características propias del proyecto, que se desplegará a través de mil 460 kilómetros de vía y que se materializará mediante la ejecución de contratos de inversión mixta, es indispensable que la sociedad compruebe si las empresas privadas que participarán cuentan con los permisos y autorizaciones necesarias para diseñar, financiar, construir y mantener las vías férreas y los sistemas de comunicación que correspondan”, enfatizó la comisionada en un comunicado.
El INAI instruyó esta orden después de que un particular solicitara los permisos de la construcción de la obra y la SCT declarara la inexistencia de dicha información y le sugiriera ingresar la petición al Fondo Nacional del Fomento al Turismo y su filial Fonatur Tren Maya S.A. de C.V.
A pesar de que el particular argumentó que la información que solicitó sí se encontraba dentro de las facultades de la dependencia, la SCT precisó que no se habían emitido permisos relacionados con el Tren maya.
Después de obtener esta respuesta, el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI, la cual analizó el caso y determinó que la SCT es y sí contaba con otras unidades administrativas competentes para conocer sobre los permisos, las cuales no fueron consultadas.
El INAI concluyó que la dependencia no cumplió con el procedimiento debido, puesto que declaró que la inexistencia de la información. A la vez, ordenó a la SCT, hacer una nueva búsqueda y proporcionar los datos al particular.
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