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Congreso de NL impugna suspensión de la SCJN que frena juicio político contra Samuel Garcia
El Congreso del Estado de Nuevo León impugnó la suspensión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que impide continuar con el juicio político contra Samuel García Sepúlveda, gobernador de la entidad. Asimismo, la presidencia de la Mesa Directiva solicitó la declaración de improcedencia de la controversia constitucional 386/2026, que posibilitó el recurso para el mandatario estatal.
Las peticiones del Congreso de Nuevo León para retirar la suspensión en favor de Samuel García fueron admitidas a trámite por la SCJN y turnadas a la ministra Sara Irene Herrerías, informó el diario Reforma, quien dio a conocer estos recursos del Poder Legislativo estatal. Será esta quien se encargue de la realización de los proyectos, sin un plazo fijo para ello, los cuales deberán ser debatidos posteriormente en las sesiones del Pleno.
Cabe resaltar que apenas el 14 de julio, la presidenta nacional de Morena, Ariadna Montiel Reyes, declaró que su partido insistirá en la promoción del juicio político contra el gobernador emecista por presunto peculado. Asimismo, adelantó que el partido ampliaría la denuncia contra este y su esposa, la empresaria Mariana Rodríguez, ante la Fiscalía General de la República (FGR), por ese presunto delito.
A la par, dijo que la organización pediría a la Suprema Corte modificar la suspensión judicial, emitida un día antes, que impedía la destitución del político de Movimiento Ciudadano como gobernador. Horas antes, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo había pedido que la ministra Estela Ríos González explicara los argumentos jurídicos bajo los cuales resolvió otorgar dicho recurso.
En su determinación, María Estela Ríos expuso que procedía conceder la suspensión para que, sin suspender el procedimiento, no se ejecutara ninguna determinación derivada del proceso de juicio político hasta que se resuelva el fondo de la controversia constitucional. Apuntó que los efectos no tenían la finalidad de impedir que las autoridades respectivas continúen con el trámite y desahogo del procedimiento respectivo, sino únicamente paralizar la ejecución de cualquier determinación encaminada a separar a dicho funcionario de su cargo o inhabilitarlo para tal función .
“De no concederse en los términos precisados se afectaría la continuidad en el ejercicio de las funciones de gobierno del titular del Ejecutivo estatal, lo que podría generar un daño de difícil reparación frente a una sentencia estimatoria, pues el tiempo de no ejercicio del cargo de elección popular no es recuperable”, sostuvo entonces.
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