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Nación

CNDH promueve acción de inconstitucionalidad contra ampliación de la prisión preventiva oficiosa

Foto: Cuartoscuro

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad contra reformas hechas recientemente con la finalidad de ampliar la prisión preventiva oficiosa y aplicarla a más delitos por considerar que va contra los Derechos Humanos (DDHH).

Ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la institución titulada por Rosario Piedra Ibarra promovió una acción de inconstitucionalidad contra reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y otras leyes para aplicar esta medida en casos de la posible culpabilidad de feminicidio, violencia sexual contra menores, desaparición forzada, robo al transporte de carga, huachicol, uso de programas sociales con fines electorales y robo a casa habitación.

Tras un análisis, la CNDH consideró que este tipo de cambios legales vulneran los derechos a la libertad personal, al debido proceso, garantías judiciales y el principio de presunción de inocencia. Asimismo, mencionó que las modificaciones distan del principio de excepcionalidad y están apartadas de estándares internacionales establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y criterios jurisprudenciales emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

«Lejos de generar que la medida sea aplicada de manera excepcional y casuística, ordenan que en todos los casos en que el juez de control esté ante la probable comisión de cualquiera de los delitos señalados en tales normas, deberá ordenarse la prisión preventiva en perjuicio del imputado», argumentó la Comisión.

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Añadió que este tipo de medidas afectan los Derechos Humanos (DDHH), ya que no consideran la posibilidad de revisar periódicamente la necesidad de aplicarla.

Finalmente, la CNDH sostuvo que la prisión preventiva oficiosa ampliada a otros supuestos transgrede el debido proceso, las garantías judiciales y la presunción de inocencia de las personas. Esto debido a que ordenan que las personas sean privadas cautelarmente cuando no se han ventilado los procesos con las formalidades correspondientes y sin demostrar pruebas pertinentes y suficientes de culpabilidad por la participación o comisión de delitos.

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