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CNDH hace recomendación a Chiapas por desplazamiento forzado

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Radio Zapatista

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ha emitido una serie de recomendaciones al gobernador de Chiapas, Rutilio Escandón, para que dé solución a víctimas de desplazamiento forzado en diversas comunidades del municipio chiapaneco de Chenalhó.

La recomendación 87/2018 se refiere a hechos ocurridos el 18 de octubre de 2017, en que varias personas ingresaron al municipio de Chalchihuitán con armas de fuego, dispararon contra la población y ocasionaron la muerte de una persona.

A raíz de esto, aproximadamente 5,266 habitantes de las comunidades de Canalumtic, Pom, Ch´enmut, Bololchojón, Bejeltón, Tulantic, Cruztón, Cruz Cacanam y Tzomoltón todas pertenecientes a Chalchihuitán y Majompepentic, del municipio de Chenalhó, Chiapas, dejaron sus hogares y buscaron refugio en otras zonas del mismo municipio

Para la Comisión, «las autoridades vulneraron los derechos a la libertad de circulación y residencia, a no ser desplazado forzadamente, a la asistencia humanitaria, y a las medidas de ayuda inmediata, a la seguridad personal, a la vida, al acceso a la justicia en su modalidad de inadecuada procuración de justicia y así como a los derechos económicos, sociales y culturales contra las personas víctimas de desplazamiento forzado interno», acorde con el comunicado de la recomendación.

Asimismo, denunció que a las personas vulneradas no se les garantizó ayuda, acceso a servicios de salud, seguridad pública, así como tampoco se realizaron labores de prevención ni implementación de acciones para salvaguardar sus derechos humanos.

Tal recomendación está dirigida, además de Rutilio Escandón, al Fiscal General de la entidad, Jorge Luis Llaven Abarca; al Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales en Suplencia del Procurador General de la República, Alejandro Gertz Manero; al Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas, Jaime Rochín del Rincón; al Director General del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, Adelfo Regino López; a la Presidenta Municipal de Chalchihuitán, Margarita Díaz García, y al Presidente Municipal de Chenalhó, Abraham Cruz Gómez.

«Esta Comisión Nacional solicita al Gobernador de Chiapas que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y las autoridades municipales, se diseñe e implemente un programa de reparación colectiva a las víctimas directas e indirectas de quienes perdieron la vida durante el DFI, y se les brinde atención médica y psicológica; y a quienes sufrieron daños en sus viviendas, perdieron sus cosechas y animales de granja, y a todas aquellas que lo requieran se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas», escribe el organismo.

De igual manera, apuntan la creación de un censo que corrobore el número de personas víctimas del delito; un diagnóstico que evidencie la situación actual que presentan esas personas y el conflicto territorial; diseñar e implementar campañas de información en que se les indique cuáles son sus derechos, y la implementación de protocolos de seguridad.

Raíces del conflicto: acuerdos federales que ignoran acuerdos locales

La violencia y el desplazamiento forzado en estos municipios es una historia añeja, acorde con información del sitio Radio Zapatista; los conflictos, adscriben, tienen que ver con un conflicto agrario creado por el gobierno federal hace 45 años, detonado por la muerte de Samuel Pérez Luna, campesino de Chalchihuitán, asesinado con ocho balazos por el grupo armado de Chenalhó mientras trabajaba una de sus parcelas el 18 de octubre de 2017.

Según explicó Pedro Faro, director del Centro de Derechos Humanos, Fray Bartolomé de Las Casas (Frayba), entrevistado por Radio Zapatista y Radio Zapote, el conflicto lo crea el gobierno federal cuando, en 1935, dota de tierras a Chenalhó pero no ejecuta la sentencia. Años después, en 1975, la ahora extinta Secretaría de la Reforma Agraria (SRA), dota a Chalchihuitán de tierras antes dotadas a Chenalhó, y esta vez sí ejecuta la sentencia en 1980.

Antes de la intervención gubernamental, se escribe que ambos pueblos vivían en paz, respetando el acuerdo de las autoridades tradicionales, que consideraba al río como la línea divisoria. En cambio, el trazado de límites impuesto por la SRA en 1975 va en línea recta y que desconoce los acuerdos y las decisiones de los propios pueblos originarios.

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