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Internacional

Cataluña: horas en vilo

Esta tarde podría haber una declaratoria de independencia catalana.

Carles Puigdemont, presidente catalán, podría hacer esta tarde la declaración de independencia que separaría a Cataluña de la nación española.

De ocurrir, entraría en vigor la Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República aprobada por el Parlament el pasado 8 de septiembre, misma que fue suspendida por el Tribunal Constitucional.

Esta tarde, Puigdmont ingresa al Parlament con la intención de pronunciar la Declaratoria Unilateral de Independencia (DUI). Además, también se espera que el presidente catalán explique de qué forma se aplicarán los resultados del referéndum del pasado 8 de octubre, que ha sido calificado de ilegal por el gobierno del popular Mariano Rajoy y el rey Felipe VI.

La Asamblea Nacional Catalana ha convocado a una concentración en los alrededores del Parlament y los Mossos , o escuadra de policías, han cerrado el Parque de la Ciudadela para evitar disturbios.

De darse el pronunciamiento de independencia en Cataluña, una Constitución provisional entraría con vigencia de un año, que es el tiempo calculado para la elaboración de una Constitución definitiva.

El documento, que apunta que “mientras no sea aprobada la Constitución de la República, la presente ley es la norma suprema del ordenamiento jurídico catalán”, aborda estos aspectos:

Estado catalán: El artículo 1 establece que «Cataluña se constituye en una república de derecho, democrática y social” en la que se respetará el derecho internacional y los tratados internacionales.

Jefe del Estado: Es el presidente de la Generalitat, que «asume la más alta representación y dirige la acción de gobierno».

Nacionalidad: Son catalanes las personas que a fecha de hoy posean la nacionalidad española y estén empadronadas en Cataluña antes del 31 de diciembre de 2016. Los que se hayan empadronado después de esa fecha podrán serlo, si lo piden, a partir del momento en que cumplan dos años de empadronamiento. En el caso de los extranjeros, se podrá ser catalán si se demuestra una residencia continuada por un mínimo de cinco años y los que respondan a otra serie de requisitos previstos en la ley.

Derecho vigente: Todas las normas locales, autonómicas y estatales vigentes a día de hoy en Cataluña seguirán siendo aplicadas «en todo aquello que no contravenga la presente ley y el derecho catalán aprobado con posterioridad».

Lenguas oficiales: Serán tres y tendrán el mismo estatus: el catalán, el castellano y el aranés. Se da por buena la ley de política lingüística de 1998.

Poder Judicial: El actual Tribunal Superior de Justicia de Cataluña pasa a convertirse en el Tribunal Supremo Catalán y culmina la administración de justicia catalana. Su presidente lo nombra el presidente de la Generalitat. El Fiscal General de Cataluña lo nombra el Parlament a propuesta del Gobierno catalán. Los jueces, magistrados y fiscales que tengan tres años de antigüedad en Cataluña conservan su plaza. Si el período es menor, pueden solicitarlo.

Amnistía política: Se prevé la posibilidad de archivar o anular los procesos penales contra investigados o condenados por conductas que “buscaran el pronunciamiento democrático sobre la independencia de Cataluña o la creación de un nuevo Estado”.

Negociación de la deuda: La Generalitat asume todos los tributos y tasas que se pagan en Cataluña, incluidas las cotizaciones sociales. Queda pendiente de negociación con el Estado español el futuro de los derechos y obligaciones de carácter económico y financiero, es decir, el reparto de la deuda.

De funcionarios estatales a catalanes: Los funcionarios estatales serían asumidos por las instituciones catalanas “en las mismas condiciones retributivas y de ocupación”, de manera que la Generalitat relevará a la Administración del Estado.

Constitución en tres fases: El proceso constituyente que se inicia hoy tiene tres fases hasta culminar en una nueva Constitución: el proceso participativo, una suerte de asamblea ciudadana; las elecciones constituyentes de las que saldrá el Parlamento que redactará la propuesta de Constitución y la ratificación del texto en referéndum.

 

OPC

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