Nación
Inai ordena al Insabi informar sobre compra y distribución de ventiladores Covid-19
Bajo la premisa de máxima publicidad, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó al Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) dar a conocer la cantidad de ventiladores médicos que le entregó el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) para atender la pandemia de Covid-19.
En sesión del pleno, los comisionados del Insabi determinaron que el Insabi, a cargo de Juan Ferrer, también deberá dar a conocer el nombre y monto de dinero que pagó a un despacho de abogado que contrató en Reino Unido para que lo representara ante el incumplimiento del contrato que tuvo una empresa de ese país a la cual había comprado ventiladores.
“Es preciso que las acciones realizadas por nuestras autoridades sanitarias para allegarse de los elementos necesarios, a fin de atender la pandemia, estén sujetas al escrutinio público, lo cual abonará a aumentar la legitimidad y la confianza de la sociedad en ellas”, planteó la Comisionada Presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena.
La ponencia presentada por la comisionada presidenta se desprende de un solicitud de transparencia que solicitó un particular pidiendo que la institución de salud le proporcionara los datos con documentos probatorios de los ventiladores que había recibido del Conacyt y a qué hospitales habían sido remitidos para su uso, pero que el Insabi respondió al ciudadano con una tabla señalando las clínicas que habían sido beneficiarias y 29 actas de recepción, pero en total fueron 67, por lo que le faltó entregar constancia de 38 más.
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Respecto a la información solicitada sobre cuántos equipos de ventiladores Gätsi que fueron donados a Cuba, la dependencia aseguró que no se realizó ninguna entrega, pero afirmó que enviaría un correo electrónico al peticionario por el tema del tamaño de los archivos, sin embargo, jamás realizó el envío del e-mail.
Por otra parte, en el caso de la persona que pidió información respecto del despacho de abogados contratado en Reino Unido, el Insabi refirió que eso datos eran reservados pues se relacionaban con acciones legales emprendidas contra el proveedor, pero los comisionados afirmaron que la reserva de información es improcedente toda vez que el procedimiento judicial no fue acreditado, además de que revelar esos datos no dará cuenta de la estrategia o las acciones que se implementarán contra la empresa británica que no cumplió con el contrato.
Ante ello, el Inai ordenó a la institución del gobierno federal que realice una nueva búsqueda y proporcione los datos solicitados faltantes al ciudadano.
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