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Nación

TEPJF permite a gobiernos y legisladores promover elección judicial

Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló que los gobiernos y los legisladores promuevan la elección judicial con el fin de incentivar la participación ciudadana en los comicios. De esta manera, quedó anulado el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), en el cual señalaba que era el único legalmente competente para promocionar el proceso electoral.

La Sala Superior del TEPJF decidió, por mayoría de votos, avalar el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña para modificar el acuerdo del Consejo General del INE por el que se aprueban los criterios que garantizan la equidad e imparcialidad en la elección judicial. Con ello se dio respuesta positiva a los reclamos de quienes impugnaron las directrices del «árbitro electoral». Argumentaron que el INE hizo una interpretación incorrecta de la normatividad al asumirse como la única instancia facultada para promover el voto en el Proceso Electoral Extraordinario.

De acuerdo con el criterio mayoritario de las magistradas y magistrados electorales, hubo una inadecuada lectura de los artículos 134 de la Constitución y 506 de la Ley Electoral por parte del instituto presidido por Guadalupe Taddei Zavala. Al respecto, señalaron que en ninguno de ellos hay restricciones a funcionarios públicos para que alienten a la ciudadanía a votar por jueces, magistrados y ministros, de modo que imponerlas es contrario a la Constitución.

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La Sala Superior concluyó que, indebidamente, el INE determinó ser la única autoridad con atribuciones exclusivas para la promoción del voto y de la participación ciudadana, porque dichas restricciones no están previstas expresamente en la ley y son contrarias a lo establecido por la Constitución. De esa manera, dejó sin efectos las consideraciones del párrafo 40, apartado A, último párrafo, y apartado “C. Promoción y difusión del PEEPJF 2024-2025”.

A la par, estableció las facultades y limitaciones que tienen los Poderes de la Unión, así como los estatales, los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) y personas servidoras públicas para realizar promoción del voto y de la participación ciudadana. Según el proyecto, los poderes federales y de las entidades federativas tienen atribuciones para realizar actividades tendentes a la promoción del voto y de la participación ciudadana en el contexto de los actuales procesos electivos, en el ámbito de su competencia.

Por otra parte, los legisladores federales podrán promocionar la elección en cualquier medio que implique recursos públicos con fines constitucionalmente lícitos, sin algún tipo de sesgo o apoyo a determinada candidatura. En tanto, estableció que los diputados locales solamente promocionarán la elección de los juzgadores de sus estados.

De manera puntual, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Arali Soto Fregoso, declaró que los derechos político-electorales son derechos humanos. En tanto, indicó que, de acuerdo con la Constitución Política, las autoridades involucradas en el Proceso Electoral Extraordinario tienen la obligación de promoverlos.

«Aquí se trata de que todas las personas, todos los ciudadanos sepan que habrá una elección, qué es lo que se va a elegir y que este es un derecho más que tiene para pronunciarse, a favor o en contra, de quien considere que puede o no ser la persona que los va a juzgar según el ámbito de la competencia», pronunció.

Los que votaron a favor del proyecto fueron Mónica Soto Fregoso, Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Alfredo Fuentes Barrera. En tanto, en contra votaron Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Madeline Otálora Malassis.

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