Nación
TEPJF perfila avalar que gobierno y legisladores puedan promocionar la elección judicial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) perfila avalar que el gobierno pueda hacer promoción del Proceso Electoral Extraordinario para renovar el Poder Judicial de la Federación. Esto luego de que el Instituto Nacional Electoral (INE) determinara que el único con la facultad de promocionar la participación ciudadana es él mismo.
En su proyecto, Felipe de la Mata Pizaña, magistrado de la Sala Superior del TEPJF, consideró que el artículo 134 constitucional no prohíbe absolutamente la difusión de propaganda institucional, sino más bien salvaguarda que no se influya a través de esta en la contienda electoral. Además, indicó que los procesos electorales para elegir a juzgadores tienen una naturaleza completamente distinta a los que renuevan Poderes Ejecutivo y Legislativo a través del sistema de partidos, por lo que no aplican las mismas reglas.
«Si los Poderes de la Unión tienen una participación activa en todo el desarrollo de este proceso, es natural que puedan promover el voto y la participación de la ciudadanía, siempre que no se rebasen los límites establecidos en la Constitución y en la Ley. Inclusive, ello ya ha sido un hecho notorio que esto ha ocurrido en el actual PEE, pues en su momento los propios Poderes de la Unión llamaron a la ciudadanía a participar e inscribirse a sus convocatoria», señaló
Al respecto, mencionó que esto es muestra de que ya han difundido la participación ciudadana en este ejercicio electoral sin que eso se haya considerado como una vulneración a los principios de neutralidad e imparcialidad. En tanto, apuntó que lo que sí existe es una obligación de que su participación no influya en la equidad de la contienda; su comunicación tenga carácter institucional con fines informativos, educativos y de orientación social; y que no existan actos de proselitismo ni uso de recursos públicos con ese fin.
En tanto, revisando la Carta Magna, señala que el «árbitro electoral» no cuenta expresamente con atribuciones exclusivas o excluyentes para la promoción o difusión en exclusiva del ejercicio o de la participación ciudadana en este proceso electoral.
Considerando esos elementos, Felipe de la Mata propone a la Sala Superior del TEPJF aprobar el reconocer que o, los Poderes de la Unión, los Poderes de las entidades federativas, los OPLE y personas servidoras públicas en general pueden llevar a cabo las actividades tendentes a la promoción del voto y de la participación ciudadana en la elección judicial actual.
No obstante, precisa que esta no debe dar pie a ningún tipo de propaganda personalizada o de proselitismo, ni mencionar a partido político o candidatura alguna, ya sea a favor o en contra de estas. Asimismo, detalla que solo los Poderes de la Unión y de las entidades federativas tienen atribuciones para realizar actividades tendentes a la promoción del voto y de la participación ciudadana en el contexto de los actuales procesos electivos, en el ámbito de su competencia.
«(…) Es decir, no pueden promover el voto y la participación ciudadana con relación a los procesos electorales locales y viceversa», se lee. Sobre el tipo de promoción, redactó que, tratándose de spots o propaganda en internet, no puede señalarse el poder u órgano que promueve o emite la comunicación.
Por otra parte, señaló que la promoción de la elección por parte de servidores públicos podrá hacerse en sus redes sociales. Respecto a los legisladores federales, apuntó podrán hacer la promoción en cualquier otro medio que permita comunicar la promoción, siempre y cuando los recursos públicos utilizados estén destinados a la comunicación social con fines constitucionalmente lícitos, sin algún tipo de sesgo o apoyo a determinada candidatura; en tanto, los legisladores locales podrán hacer lo mismo en las elecciones de sus entidades federativas.
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