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TEPJF acuerda trabajar vía remota ante pandemia de coronavirus

TEPJF acuerda trabajar vía remota ante pandemia de coronavirus

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó un Acuerdo General para poder realizar sesiones no presenciales a fin de discutir y aprobar asuntos jurisdiccionales, debido a las medidas de prevención por la pandemia del coronavirus Covid-19. Los comisionados utilizarán como herramienta principal de comunicación el correo electrónico.

«Con las medidas de carácter extraordinario y excepcional, y cuya vigencia dependerá de la situación sanitaria por la que atraviese el país, el acuerdo podrá modificarse o ampliarse según lo determine la Sala Superior, a partir de lo que señalen las autoridades sanitarias», expresó el TEPJF en un comunicado.

Este acuerdo fue decretado por la presidencia del Tribunal Electoral la cual dio indicaciones de suspender las actividades con el fin de evitar al máximo posible la propagación del coronavirus, asimismo, se dio orden de suspender las sesiones públicas desde el 16 de marzo resolviéndose en sesión privada todos aquellos asuntos que marca la ley.

Tras la medida implementada, el tribunal dio instrucción de que «las Salas Regionales y Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación deben seguir los lineamientos establecidos en este Acuerdo General para la discusión y resolución no presencial de los asuntos, garantizando en todo momento el acceso a la justicia y el derecho a la protección de la salud de las personas, bajo los principios constitucionales de transparencia y máxima publicidad».

Por otra parte, el TEPJF indicó que cada sala podrá modificar el medio que se utilice para realizar las comunicaciones durante la discusión y resolución no presencial de los asuntos, atendiendo así a la situación que atraviese el país respecto a la propagación del virus, «con la finalidad de garantizar la discusión y análisis de los asuntos».

«Se podrán discutir y resolver de forma no presencial los juicios que esta Sala Superior considere urgentes conforme con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Interno de este Tribunal, por ejemplo, los vinculados a algún proceso electoral, dados los términos perentorios, o bien, que pudieran generar la posibilidad de un daño irreparable, lo cual deberá estar debidamente justificado en la sentencia» abundó.

El TEPJF acordó también que los proyectos correspondientes deberán circularse con la anticipación suficiente para su discusión y resolución, lo cual deberá ser conforme a la agenda que la presidencia del tribunal, a través del titular de la Secretaría General de Acuerdos, establezcan para ello.

«Todos los proyectos de resolución deberán ser acompañados por la documentación e información necesaria, a fin de que las y los magistrados cuenten con todos los elementos necesarios para su análisis y discusión», indicó el tribunal.

Ante esta nueva forma de trabajo, las y los magistrados, antes y durante la discusión, podrán emitir posiciones, réplicas, objeciones y observaciones respecto de sus opiniones, y votaciones a través de los documentos que serán remitidos electrónicamente o, en su caso, físicamente, respecto de lo cual la Secretaría General de Acuerdos hará de conocimiento a las demás ponencias, sin embargo, detalló que «sólo en el caso de los asuntos urgentes, en su oportunidad, se publicará el aviso correspondiente, en el que se señalarán los expedientes que serán objeto de discusión y resolución».

La medida para combatir la pandemia del coronavirus deberá implementarse por el personal jurisdiccional y el administrativo, quienes decidirán si será por el método de videoconferencia o trabajo remoto, y adoptar horarios flexibles bajo la supervisión y control de los servidores que se designen, «debiendo garantizar la responsabilidad en el ejercicio de sus funciones, así como la confidencialidad, seguridad e integridad de la información que se maneje».

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