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Nación

SCJN abre acceso a datos de Sistema Nacional de Seguridad Pública

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó hoy la prohibición absoluta que impedía a ciudadanos acceder a información de bases de datos y registros del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP).

Esta prohibición estaba contenida en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP), para que toda la información del Sistema Nacional de Información (SNI) fuera catalogada como reservada y de uso exclusivo de autoridades judiciales.

Con 8 votos a favor el pleno de la Corte aprobó la eliminación de una parte del artículo 110 de la LGSNSP que prohibía expresamente transparentar la información de las bases de datos sobre seguridad pública, asegurando que “el público no tendrá acceso a la información que en ellos se contenga.”

Los magistrados a favor de abrir el acceso de datos señaló que la prohibición violaba los principios del artículo 6º de la Constitución, sobre máxima publicidad, en donde se advierte que todos los datos en poder del Estado son de carácter público, y pueden publicarse, bajo la única reserva de no difundir información personal.

Este sistema contemplaba todas las bases de datos de las corporaciones policiales municipales, estatales y municipales, y contiene información criminal, sobre el personal de seguridad pública, armamento y equipo, vehículos, huellas dactilares, teléfonos celulares y medidas cautelares, entre otros temas.

Con esta nueva legislación los ciudadanos podrán acceder a través de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sólo podrán declararse reservadas cuando afecten a la seguridad nacional.

Si la información supera las pruebas de daño que establecen las instituciones será posible generar una versión pública para acceder a su contenido.



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