Nación
“No tenemos facultades constitucionales” para investigar a Loret de Mola, responde Inai a AMLO
Como respuesta a la petición del presidente Andrés Manuel López Obrador de investigar y hacer públicas las percepciones, bienes y el origen de los ingresos del periodista Carlos Loret de Mola, socios y familiares, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) resolvió que no tiene atribuciones constitucionales ni legales para realizar la petición.
Los consejeros explicaron que no pueden proporcionar la información solicitada por el presidente toda vez que “no posee un repositorio físico o electrónico delos archivos de los diversos entes públicos a nivel federal” y tampoco está dentro de sus facultades solicitar información a dichos entres obligados que para este caso serían el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y a los Registros Públicos de la Propiedad, entre otros.
Indicaron que el Inai no puede pronunciarse sobre la publicidad o eventual clasificación de la información a que se refiere el escrito de López Obrador hasta que las dependencias obligadas a proporcionar la información se pronuncien sobre si tienen o no los datos solicitados.
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Por ello, el pleno del instituto sugirió al mandatario federal dirigir una solicitud de información directamente al SAT, a la UIF y a los Registros Públicos de la Propiedad a través de la plataforma Nacional de Transparencia, y una vez que obtenga respuesta de ellos, si la información que le proporcionan no es de su satisfacción, entonces sí, el Inai hará una revisión puntual del caso siempre y cuando López Obrador presente un recurso de revisión.
Sin embargo, respecto a la pregunta del presidente sobre que, si “como ciudadano y ejerciendo su libertad de expresión” puede revelar las facturas y comprobantes de ingresos de Loret de Mola que los ciudadanos le hicieron llegar, el instituto de transparencia le recordó que de acuerdo con la Ley General de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados todas las autoridades del Estado mexicano “tienen el deber y la obligación de garantizar la protección de datos personales que tengan en su posesión, como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones”.
Además, indicó que, para poder dar a conocer los datos personales de un particular, es necesario tener el consentimiento previo de la persona en cuestión, pues la decisión de hacerla pública es potestad de la persona a quién pertenecen esos datos, por tanto, las dependencias están obligadas a mantener en todo momento la confidencialidad de los datos, “salvo que se traten de ingresos recibidos directamente del erario público”.
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