Nación
Ministro de la Corte propone invalidar paso de la GN a Ejército
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, propone invalidar el paso de la Guardia Nacional (GN) como subordinada de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), como lo aprobó Morena y sus aliados en la Cámara de Diputados y Senadores en octubre del año pasado.
El proyecto que obedece a la acción de inconstitucionalidad presentada por 49 senadores de oposición luego de que la reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de septiembre de 2022, González Alcántara Carrancá plantea que el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad se debe dar únicamente en un contexto “excepcional”.
“De la jurisprudencia interamericana, de los precedentes más recientes de este Tribunal Pleno y del texto constitucional se extrae que la Fuerza Armada permanente sólo puede realizar tareas de seguridad pública en contextos de estricta excepcionalidad. Su participación debe estar regida por la absoluta necesidad y, por lo tanto, no puede ser permanente”, explica el proyecto que se presentará en la próxima sesión del Pleno de la SCJN.
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El ministro destaca el Artículo 129 constitucional donde se señala que “en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan conexión exacta con la disciplina militar y, en ese sentido, por regla general, ninguna autoridad militar puede inmiscuirse en labores de seguridad pública que la Constitución Federal consagra, en exclusiva, a autoridades civiles”.
Además, menciona que son las Fuerzas Armadas quienes deben estar subordinadas a las instituciones de seguridad pública civiles y a sus titulares y no al revés, además de que las acciones de los elementos del Ejército deben estar reguladas.
“Para tal fin, la rendición de cuentas y la revisión periódica juegan un papel fundamental: su actuación debe ser en todo momento fiscalizada. Además, la Fuerza Armada solamente puede actuar de manera subordinada y complementaria a las instituciones de seguridad pública y a sus titulares. Finalmente, para que estas salvaguardas sean efectivas, la actuación militar debe estar regulada”, subraya.
Para que avance la inconstitucionalidad, el proyecto debe reunir la anuencia de al menos 8 de los 11 ministros que integran en pleno para declarar invalido el artículo 29, fracción XVI, y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), mediante el cual se faculta a la Sedena ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
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