Nación
Llama Segob a SCJN a no eliminar prisión preventiva oficiosa; liberaría a 68 mil presuntos delincuentes, advierte
La Secretaría de Gobernación (Segob) solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no eliminar la figura constitucional de la prisión preventiva oficiosa. Esto dado que ello estará generando la posibilidad de liberar a 68 mil presuntos delincuentes que habrían cometido delitos “graves”.
Desde Palacio Nacional, Luisa María Alcalde Luján, secretaria de Gobernación, expuso que el Gabinete de Seguridad del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) siente una preocupación ante la decisión que tomará la SCJN en materia de prisión preventiva oficiosa. Al respecto, recordó que tal figura está establecida en el artículo 19 constitucional párrafo segundo y aplica para personas acusadas de cometer delitos de gravedad.
“Las personas acusadas de cometer delitos que por su gravedad sean de alto impacto para la sociedad, como es el caso de delincuencia organizada, de narcotráfico, homicidio, secuestro, feminicidio, tortura, trata de personas, abuso sexual infantil, entre otros, deben llevar su proceso bajo prisión preventiva para poder garantizar de entrada que el acusado comparezca a juicio, que no haya una fuga y para salvaguardar la seguridad de las víctimas y de los testigos”, detalló.
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La exdiputada federal explicó que en enero de 2023 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) resolvió que México debe adecuar las leyes para eliminar la prisión preventiva. Enseguida, la SCJN atrajo la sentencia oficiosamente para interpretarla y ordenar unilateralmente la manera en que se le debe dar cumplimiento, sin darle participación al Congreso de la Unión para discutir el tema.
Bajo ese contexto, Alcalde Luján mencionó que la Corte pretende invalidar el artículo 19 constitucional y ordenar a todos los jueces inaplicar este tipo de medida cautelar. Ante esa intención, dijo que el gobierno federal cree que la SCJN no solo se está excediendo en sus facultades, sino que pretende tomar una decisión sin dimensionar lo que significa para la paz y seguridad del país.
Luisa Alcalde contó que ante eso envió una carta a todas las ministras y ministros de la SCJN a fin de informarles que la eliminación de la prisión preventiva oficiosa crearía un escenario donde sería viable la posible liberación de 68 mil presuntos delincuentes: 11 mil 640 acusados de homicidio; 7 mil 150 acusados de secuestro; 5 mil 617 de violación; 4 mil 013 de narcotráfico y narcomenudeo; 3 mil 800 de portación de armamento y explosivos; mil 405 de feminicidio; mil 273 de abuso infantil y corrupción de menores; y 405 por delincuencia organizada.
Adicionalmente, subrayó que los estados más afectados en ese escenario serían Estado de México (27,718), Jalisco (8,342), Veracruz (4,554), Puebla (3,044) y Michoacán (3,315). En tanto, alertó que la liberación de todas esas personas pondría en riesgo a testigos; víctimas; policías; personal de la fiscalía; juzgadores; la seguridad nacional, por su asociación a grupos del crimen organizado; y hasta el resto de la sociedad ante la posibilidad de la comisión de nuevos delitos.
La secretaria comentó que el alto número de casos de prisión preventiva oficiosa se debe a la enorme tardanza de los propios jueces y de la cantidad de recursos y amparos que hacen que todos estos procesos duren mucho tiempo en resolverse. En tanto, indicó que la enorme tardanza de los procesos y las resoluciones es un problema que debe atacarse por el propio Poder Judicial.
Alcalde Luján advirtió a los ministros adicionalmente que podrían vulnerar la soberanía nacional con la aprobación del proyecto de Jorge Mario Pardo Rebolledo, dado que la existencia de organismos internacionales no implica que los Estados renuncien a su soberanía ni a su derecho a autodeterminarse. Sobre ello, argumentó que ningún Estado, gobierno, organismo o tribunal extranjero puede ordenarle a México modificar su Constitución, su régimen político ni su forma de gobierno, ya que hacerlo sería una inadmisible injerencia.
“Aunque la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos tienen la misma jerarquía y deben interpretarse todos de manera armónica, cuando una norma internacional se opone a una norma constitucional debe prevalecer siempre nuestra Constitución. Este ha sido el criterio que se ha tomado por la propia corte en anteriores ocasiones; incluso el ministro ponente, el ministro Pardo, ha interpretado de esta manera”, pronunció.
La funcionaria hizo nuevamente hincapié en que la Corte se excedería al anular una disposición constitucional cuando el único facultado para reformar o eliminar artículos constitucionales es el Congreso de la Unión, con respaldo de dos tercios de los congresos locales. Por eso mismo, advirtió que la decisión podría indicar que el Poder Judicial Federal se asume como el «gran poder de los poderes».
Finalmente, la titular de la Segob alertó que pese a que el tema todavía no se define en la SCJN, ya hay juzgados federales que se han pronunciado sobre el tema, como el «Pleno de la Región Centro Norte». Respecto a ello, indicó que emitió jurisprudencia que ordena a todos los jueces de 18 estados conceder suspensiones de amparo que promuevan las personas que tienen órdenes de aprehensión precisamente por delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
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