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Nación

INE entrega constancias a 45 magistrados y jueces por orden del TEPJF

INE confirma que presidencia de la SCJN se decidirá por mayor votación, no por género

El Instituto Nacional Electoral (INE) entregó 45 constancias de mayoría a 24 magistrados de circuito y 21 jueces distritales, a los cuales originalmente no les había reconocido su triunfo en la elección judicial del pasado 1 de junio. De acuerdo con su fallo original estas personas no podían ostentar sus nuevos cargos por no haber presuntamente cumplido con el requisito de calificación mínima para su postulación.

Sin embargo, la entrega de constancias de mayoría a magistrados y jueces se dio debido a que, el 30 de julio pasado, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la determinación de inelegibilidad decretada. Mediante el voto mayoritario, tres contra dos, la Sala Superior definió que el «árbitro electoral» carecía de atribuciones para valorar el cumplimiento del requisito del promedio mínimo por parte de las candidaturas, atribuyéndole dichas tareas a los Comités de Evaluación postulantes.

En sesión extraordinaria del Consejo General, este lunes, la presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, señaló que el acatamiento de la sentencia del tribunal demuestra el compromiso de las instituciones con la equidad de género, la legalidad y la transparencia. Asimismo, indicó que este acto confirma que en México la defensa de lo legal y la equidad es una realidad institucional, además de que con esto se honra la voluntad ciudadana expresada en las urnas.

«Quienes en este acto reciben sus constancias de mayoría las reciben con el mismo valor jurídico y político, sin importar si fueron entregadas directamente tras el cómputo de votos o como resultado de una sentencia derivada de un medio de impugnación. Su elección no es menos legítima ni menos válida, al contrario, representa la fortaleza de nuestras instituciones para corregir, garantizar y proteger la voluntad ciudadana», pronunció.

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Sin embargo, pese a que se acató el fallo, hubo voces que expresaron su descontento. La consejera Carla Humphrey Jordán declaró que una de las grandes fallas de la Reforma Judicial fue establecer un requisito de elegibilidad nuevo sin precisar cómo acreditar su cumplimiento. Mencionó que, por ejemplo, ahora el TEPJF definió que cada Comité de Evaluación debió tener su propia forma de revisar el requisito de nueve.

«El problema es que a la fecha no hay certeza de cómo lo realizó o realizó esta revisión cada Comité y nadie conoce la metodología que utilizaron, si es que se hizo esta revisión (…) De continuar con el establecimiento de estos requisitos, se debe pensar en plasmar desde la norma cuál será el método de ponderación y evaluación en materias afines a la especialidad. Dejarlo al árbitro y a las autoridades, a mi juicio, es un gran error», dijo.

Por su parte, el consejero Martín Faz Mora consideró que el TEPJF caía en una contradicción al decir que el instituto carece de atribuciones para verificar el cumplimiento del requisito constitucional consistente en contar con un promedio mínimo. Mencionó que en su sentencia SUP-JE-171/2025, se analizaron cuestionamientos sobre la competencia del INE para verificar requisitos de elegibilidad de los candidatos a juzgadores y en ellos la propia Sala Superior determinó que el Consejo General sí podía revisar el cumplimiento de requisitos de elegibilidad al momento de asignación de cargos.

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