Metrópoli
Indemnización a heridos del Metro ignora gravedad de cada uno

Cinco días después de la tragedia en la Línea 12 del Metro, el Gobierno de la Ciudad de México (GOBCDMX) anunció que los heridos recibirían una ayuda monetaria inmediata; sin embargo, no se hace ningún tipo de especificación, decretando para todas las personas un apoyo de 10 mil pesos pese a que algunos sufrieron lesiones irreparables.
El Acuerdo publicado el 8 de mayo en la Gaceta Oficial de la CDMX hace mención que de acuerdo a la Ley General de Víctimas resulta procedente de manera emergente y excepcional el otorgamiento del recurso de ayuda inmediata y asistencia; en tanto, la ayuda será con cargo al presupuesto asignado a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVI).
Respecto a los montos aplicables, el artículo sexto autorizó como medidas de ayuda inmediata en conceptos de alimentación, transportación, alojamiento y de procuración e impartición de justicia, el equivalente a 28 Unidades de Medida y Actualización (UMA), por cada concepto.
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Como total, las personas lesionadas tendrán derecho a recibir a 112 UMAS, es decir, 10 mil 037 pesos con 44 centavos, puesto que cada UMA vale $89.62.
Sobre el apoyo no se menciona distinción alguna o un monto mayor para los casos más graves. En conferencia de prensa desde Palacio Nacional, Claudia Sheinbaum informó el 4 de mayo a las 7:00 a.m. que 79 personas habían sido hospitalizadas debido a la tragedia en la estación Olivos del Metro CDMX.
Aunque no detalló el estado de salud de alguna de las personas internadas, cinco horas antes había declarado que al menos 7 estaban siendo intervenidas quirúrgicamente por la gravedad de sus lesiones; en tanto, a las 12:00 p.m. 52 ya habían sido dadas de alta.
Esta diferencia de casos muestra por ejemplo el de Tania, menor de edad cuyo diagnóstico es que no podrá volver a caminar; otros más son los de José Eucario y Benito, dos hermanos quienes resultaron con distintas fracturas y se encuentran graves.
La posibilidad de que al menos este apoyo inmediato fuera mayor parece abierta. El monto establecido está dentro del rango de los ‘Lineamientos del Tabulador de las Ayudas Inmediatas y de Asistencia’; sin embargo, por los conceptos de alojamiento, transportación y alimentos el tope máximo es de 35 UMAS por cada una de ellas; en el caso de procuración de justicia, esta no aparece.
Aún sin considerar esta última, al llevar al máximo los otros rubros la cifra podría haber aumentado en mil 882 pesos con 2 centavos.
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