Nación
Inai presenta controversia constitucional por falta de nombramiento de comisionados
Los aún cinco comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) interpusieron una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en demanda del nombramiento de los dos integrantes del pleno que les hacen falta.
En el recurso presentado ante la Corte este lunes, los consejeros también piden que el máximo tribunal de justicia del país les permita seguir sesionando con efectos legales en tanto el Senado de la República vuelve a nombrar a otros dos perfiles que cubran las vacantes, toda vez que los que en su sesión del pasado 1 de marzo la Cámara Alta ya había designado a dos perfiles, pero estos fueron vetados por el presidente Andrés Manuel López Obrador porque no cumplían con los requisitos sino que se trató de “un reparto de cuotas” de los miembros de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).
A los dos espacios que tiene vacante el pleno del Inai, que se integra con siete comisionados, se sumará la de Francisco Javier Acuña Llamas, quien concluirá su encargo el próximo 31 de marzo, con lo que el organismo autónomo se quedaría únicamente con cuatro integrantes —Blanca Lilia Ibarra Cadena, presidenta; y los comisionados Norma Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara y Adrián Alcalá Méndez—, y de acuerdo con la Constitución para que sean válidas sus sesiones tienen que contar con la asistencia de “cuando menos cinco comisionados”, por lo que se quedaría sin operatividad.
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Ante ello, los miembros del pleno acusan que se vulnera de manera directa el diseño institucional establecido por la Constitución para la integración del Pleno de este órgano autónomo, con lo cual se trasgrede el principio de colegialidad que lo caracteriza, por lo que piden a la Corte “ordene” al Senado culminar con el proceso de designación.
“La presentación de una controversia constitucional es un área de oportunidad para que las y los mexicanos sigan con la posibilidad de ejercer sus derechos humanos de acceso a la información y de protección de datos personales, consagrados en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, afirman.
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