Nación
Inai interpondrá la Controversia Constitucional contra el Acuerdo de AMLO sobre obras
El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) aprobó hoy, de manera unánime, el interponer una Controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) sobre obras para declararlas asuntos de «seguridad nacional».
Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada presidenta del Inai, argumentó señaló que el Acuerdo de AMLO en materia de obras presenta una serie de probables vicios de inconstitucionalidad. Por eso, consideró pertinente elevar la revisión a consideración del ‘Máximo Tribunal’ para que analice la compatibilidad de la decisión presidencial con la Carta Magna.
En específico, señaló el documento, publicado el pasado 22 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), contraviene el principio de máxima publicidad. Al respecto, explicó que este dificultará la difusión y entrega de información relacionada con proyectos de infraestructura sin abrir la posibilidad de realizar una valoración caso por caso, mediante la aplicación de prueba de daño.
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Asimismo, apuntó que el Acuerdo de AMLO atenta contra el principio de reserva de ley establecido en el artículo 6º, apartado A, fracción I, de la Constitución. Esto dado que dicho texto determina que toda información en posesión de un sujeto obligado es pública y podrá ser solamente reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, pero en los términos que fijen las leyes.
«El acuerdo referido se aleja del régimen constitucional pues da lugar a que toda información de las obras de infraestructura […] tenga el carácter de reservada de manera general, previa y dogmática», apuntó.
Respecto a sus facultades para proceder así, señaló que la reforma constitucional de 2014 confirió al Instituto una serie de competencias relevantes para velar por el respeto de los Derechos Humanos, de acceso a la información y de protección de datos personales.
Finalmente, señaló que los antecedentes muestran que la facultad de presentar medios de control constitucional, para que la Corte revise si las leyes o actos se apegan a la norma o respetan la división e poderes, ha sido utilizada con responsabilidad anteriormente.
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