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Filtración de proyecto de invalidación de Plan B, irresponsabilidad de la Corte, acusa Presidencia

Filtración de proyecto de invalidación de Plan B, irresponsabilidad de la Corte, acusa Presidencia
Foto: SCJN

“El actuar de la SCJN no constituye un acto de transparencia, sino de irresponsabilidad”, señala la Presidencia de la República al denunciar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación filtró al portal Aristegui Noticias la información sobre el proyecto de sentencia que presuntamente presentará el ministro Alberto Pérez Dayán ante el pleno en el que plantea anular la primera parte de las reformas en materia electoral contenidas en el Plan B.

El Poder Ejecutivo recuerda a la Corte que de conformidad con el Acuerdo General número 18/2006, emitido por el pleno, “los proyectos de sentencia de los ministros constituyen información reservado”.

Ante ello, cuestiona entonces ¿quién es el responsable de resguardar la información de un expediente judicial que aún se encuentra en trámite?, además de que pregunta ¿con qué intención alguien de la SCJN filtró a un medio de comunicación, en exclusiva —porque así lo manejó el portal en la publicación realizada este 1 de mayo—, un proyecto de sentencia tan importante? Del mismo modo, insiste en tener respuesta sobre ¿a cambio de qué se entregó la información reservada?

Una vez hecha la filtración que califica como “clandestina” pues no se dio a conocer de manera institucional, sino que se entregó a un solo medio de comunicación, señala qué tanto esto ¿afecta el principio de imparcialidad de los demás jueces constitucionales, partiendo de que estos no conocían el proyecto pues no había sido enlistado en la discusión de las siguientes sesiones. Y agrega si esto “¿es causa de responsabilidad grave la divulgación indebida de esta información?”, todos estos cuestionamientos, dijo, son interrogantes que la Corte debería responderles a todos los mexicanos, porque no existe ninguna instancia legal a la que se pueda recurrir por encima de ella.

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Al no ser aun puesto en la lista oficial de asuntos por resolver por el pleno, recuerda, “viola flagrantemente el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación (PJF), específicamente el numeral 2.5 que prohíbe a los ministros y otros funcionarios judiciales divulgar cualquier opinión que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento “como lo establece la fracción IX del artículo 110 de la Ley Orgánica del PJF”.

Y agrega que la filtración de la información reservada, como el proyecto del ministro Pérez Dayán en el que propone invalidar la reforma a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, aprobadas en diciembre de 2022 por el Congreso de la Unión, afecta el principio de imparcialidad de los funcionarios que imparten justicia en el país. “el artículo 206, fracción IV, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública prohíbe, entre otras conductas, usar, sustraer o divulgar, total o parcialmente, la información que se encuentre bajo la custodia de los servidores públicos”, subraya.

Por otro lado, el Ejecutivo recuerda que el artículo 225 fracción XXVIII, del Código Penal Federal, establece que comete delito en contra de la administración de justicia, el servidor público que dé a conocer, a quien no tenga derecho, documentos, constancias o información que obren en un proceso judicial y que por disposición de la ley esté reservado.

Por tal motivo, llama a la Corte a iniciar, de oficio, una investigación interna para deslindar responsabilidades y evitar que casos similares de filtración a un medio de comunicación siguen ocurriendo, porque sostiene que los jueces no solamente hablan por sus sentencias, sino también por sus actos, los cuales reflejan su talante de respeto o no al Estado de derecho.

“El alto tribunal está llamado a ser ejemplo de pulcritud en el desarrollo de los procedimientos judiciales, ya que juzga con rigidez los actos de otros poderes y, al no existir instancia legal que revise su actuar lícito, corresponde al pueblo de México exigir a cada juez el apego irrestricto a la nuestra Constitución y demás leyes que de ella emanan”, concluye.

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