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Nación

FGR descarta que Mario Aburto haya sufrido tortura

Invalidan sentencia de Mario Aburto; podría salir en marzo de 2024
Foto: Especial

La Fiscalía General de la República (FGR) determinó no ejercer acción penal en contra ninguna persona por los supuestos actos de tortura de los que habría sido objeto Mario Aburto Martínez, asesino confeso del candidato presidencial del PRI en 1994, Luis Donaldo Colosio Murrieta.

A través de la Fiscalía Especializada en materia de derechos humanos, la FGR a cargo de Alejandro Gertz Manero determinó no ejercer ninguna acción penal en contra de ningún funcionario porque asegura que después de realizar la investigación que le ordenó el juez, no encontró elementos que acrediten la tortura que denunció el imputado.

“Me permito hacer del conocimiento de su señoría que una vez que se recabaron de forma exhaustiva las diligencias ministeriales tendentes al esclarecimiento de los hechos, así como al realizar un estudio minucioso y pormenorizado de las constancias que integran la averiguación previa 2080/94, y al no acreditarse los elementos del tipo penal del delito de tortura (…) esta autoridad ministerial determinó el No Ejercicio de la Acción Penal en la citada indagatoria”, se lee en el oficio enviado por la FGR al juez Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal, Antonio González García.

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Ante esta decisión de la Fiscalía, Mario Aburto aún puede promover un nuevo amparo para que se investigue su denuncia de que fue torturado tras su detención en marzo de 1994.

Recordemos que el juez González García dio un plazo de seis meses a la representación de la Fiscalía para emitir un pronunciamiento, el cual venció el 30 de septiembre de 2023. Por el cual pidieron una prórroga que el juez concedió por dos meses más para que el Ministerio Público realizara las diligencias correspondientes, plazo que se terminó el 1 de diciembre pasado.

En su argumentación, la Fiscalía asegura que no halló evidencia tortura “desde su traslado hasta la entrega en el penal del Altiplano”. Se concluyó que “no se logra acreditar que los servidores públicos (…) hayan realizado una acción dolosa, tendiente a infligir dolores o sufrimientos graves ni físicos ni psíquicos a Mario Aburto Martínez”.

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