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Corte zedillista se despide tras proteger al Fobaproa, Guerra Sucia y complicidad política

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está a punto de transformarse nuevamente ante la realización de la elección judicial del próximo 1 de junio, dejando atrás el modelo impuesto en 1994 por Ernesto Zedillo Ponce de León. Sin embargo, se despide dejando en su historial grandes manchas por actuaciones que en su momento mermaron a la ciudadanía o que protegieron a políticos y empresarios.
Protección al Fobaproa
En su «Informe sobre la Fiscalización del Rescate Bancario 1995-2004» la Auditoría Superior de la Federación (ASF) registró que el 30 de septiembre de 2003, el gobierno de Vicente Fox Quesada interpuso una controversia constitucional en contra de la Cámara de Diputados y el órgano fiscalizador, al no estar de acuerdo con diversas cuestiones relacionadas con la Cuenta Pública del año 2001. De manera puntual, impugnó oficios dirigidos por dicha entidad a la Secretaría de Hacienda, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) y la Secretaría de la Función Pública (SFP) en relación con los créditos menores y los créditos relacionados en litigio que sufrían evicción, designados por Banamex, Banorte, Bancomer y Bital en el Programa de Capitalización y Compra de Cartera (PCCC).
La Corte, presidida por Mariano Azuela Güitrón, procedió a resolver a favor del gobierno panista señalando que la controversia constitucional estaba fundada y era procedente. Por ello, dictaminó que la Administración Pública Federal no tenía la obligación de cumplir con las órdenes emitidas por el órgano fiscalizador, reconociendo sólo la validez de dos oficios y la invalidez de otros cuatro emitidos por el Auditor Especial de Desempeño.
En junio de 2005, la SCJN volvió a abordar el tema. En esa ocasión, el pleno apoyó mayoritariamente, con 8 votos a favor y 3 en contra, el proyecto de la ministra Margarita Luna Ramos para proteger el rescate bancario del Fobaproa, realizado en el sexenio de Ernesto Zedillo Ponce de León. En su proyecto, se establecía que la ASF se había excedido al pedirle al Poder Ejecutivo Federal dejar de financiar los que consideraba “créditos ilegales”.
“La SCJN interpretó el artículo Décimo Séptimo transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario (LPAB), dentro de los principios de anualidad, posterioridad y definitividad, en contra del legislador que interpretaba que la ASF podía ejercer sin la limitación de esos principios el mandato de cada uno de los artículos transitorios de la LPAB y, por lo tanto, que podía fiscalizar todo el proceso del rescate bancario”, apunta el documento.
SCJN colabora a opacidad de la “Guerra Sucia”
La Corte también pudo jugar un papel importante para la justicia en el tema de la “Guerra Sucia”, periodo donde el Estado ejerció su poder para desaparecer o eliminar a la disidencia, pero no fue así. El 15 de junio de 2005, la Primera Sala de la Corte determinó que no había prescrito la acción penal por el delito de genocidio contra el expresidente Luis Echeverría Álvarez y el exsecretario de Gobernación, Mario Moya Palencia por la masacre del 10 de junio de 1971. De acuerdo con el proyecto de José Ramón Cossío, uno de los principales asesores legales de la oposición contra la 4T tres lustros después, el plazo de prescripción debía contarse a partir del 1 de septiembre de 1976, cuando se separaron del cargo, y no de la fecha del crimen.
Sin embargo, para otros nueve acusados por la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) hubo extinción de la acción penal: Miguel Nazar Haro y Luis de la Barreda Moreno, titulares de la Dirección Federal de Seguridad; José Antonio González Aleu, director de Servicios Generales del Departamento del Distrito Federal (DDF); Manuel Díaz Escobar Figueroa, señalado por el anterior como el militar que entrenó y dirigió al Batallón Olimpia el 2 de octubre de 1968 y Los Halcones el 10 de junio de 1971; Rafael Delgado Reyes, Sergio San Martín Arrieta y Víctor Manuel Flores Reyes, presuntos ‘Halcones’; y Sergio Mario Romero Ramírez, ‘El Fish’, acusado de ser organizador de grupos de choque en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en 1967 y empleado del regente Alfonso Corona del Real.
Los ministros Sergio Valls Hernández y José de Jesús Gudiño Pelayo fueron los que secundaron a Cossío en su proyecto. Por el contrario, se opuso la ministra Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila y el ministro Juan Nepomuceno Silva Meza, quien argumentó que 1) el genocidio es imprescriptible y debe perseguirse siempre por ser delito de lesa humanidad; 2) que la Constitución protege el derecho a la vida y prohíbe su privación arbitraria; 3) que el derecho internacional establece que no prescribe el delito de genocidio; y 4) que el proponente tenía una óptica liberal.
Validación del sistema de guarderías subrogadas del IMSS
La Corte también quedó a deber en casos icónicos. El 15 de julio de 2010, el pleno de la SCJN validó las guarderías subrogadas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como parte de la definición del “Caso ABC”, el cual abordaba la muerte de 49 niños y lesiones a otros 75 por un incendio originado en la bodega contigua a la Guardería ABC, de Hermosillo, Sonora. Tras discutir el proyecto de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, una mayoría de 7 votos contra 4 (José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza, José Ramón Cossío y el autor de la propuesta) indicó que el sistema cumplía con los preceptos constitucionales y legales para su implementación, a fin de ampliar el servicio a un mayor número de derechohabientes.
La definición fue tal aunque había calificado positivamente la investigación de la Comisión de Magistrados en torno al incendio de este centro de cuidado de menores de edad, misma que denunciaba irregularidades. De acuerdo con los magistrados comisionados, María del Rosario Mota Cienfuegos y Carlos Ronzon Sevilla, había un desorden generalizado en el otorgamiento de contratos, operación y vigilancia.
A la par, dijeron que el IMSS carecía de fundamento legal para delegar a terceros el servicio de cuidados de niñas y niños. “Los contratos de prestación de servicios que actualmente ha venido otorgando el instituto para que particulares presten el servicio de guardería están fundados en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en diversos acuerdos emitidos por su Consejo Técnico”, se lee en un comunicado de la Corte, emitido el 1 de marzo, difundiendo parte de la investigación.
La exoneración de calderonistas y la prima de la “primera dama” del Caso ABC
Ese mismo día, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Sergio Aguirre Anguiano, José Ramón Cossío, Margarita Luna Ramos, Fernando Franco, José de Jesús Gudiño Pelayo, Luis María Aguilar y Sergio Valls votaron por no «responsabilizar» a ninguno de los señalados por la tragedia sonorense. Con ese sufragio, dicho grupo avaló solamente indicar quiénes estaban «involucrados» en la violacion de garantías, encontrando oposición en ese proceder por parte de Arturo Zaldívar, Olga Sanchez Cordero y Juan N. Silva Meza.
Con ello definido, el 16 de julio el pleno votó mayoritariamente para establecer que los dueños, el director y el administrador de la guardería sonorense no podían ser señalados como involucrados en conductas constitutivas de violación grave de garantías individuales. Los votos para exonerarlos vinieron prácticamente por los mismos que no quisieron señalar “responsables” sino solo “involucrados”, con excepción de Cossío Díaz.
En cuanto a funcionarios, determinaron que a nivel municipal estuvieron “involucrados” en violación de garantías Jesús Davis Osuna, director de Inspección y Vigilancia Municipal, y Roberto Copado Gutiérrez, titular de la Unidad Municipal de Protección Civil; a nivel estatal, Fausto Salazar Gómez, director general de Recaudación de la Secretaría de Hacienda, y Jorge Luis Melchor Islas, subdirector de Control Vehícular de la Secretaría de Hacienda; y en lo federal, Arturo Leyva Lizárraga, delegado estatal del IMSS en Sonora, y. Noemí López Sánchez, titular del Departamento Delegacional de Guarderías.
En tanto, quedaron exonerados personajes como Juan Francisco Molinar Horcasitas, exdirector del IMSS; Daniel Karam Toumeh, director del IMSS en el momento de la desgracia; y el gobernador de Sonora, José Eduardo Robinson Bours Castel.
El 23 de febrero de 2022, el exministro Arturo Zaldívar aseguró que el expresidente Felipe Calderón operó para proteger tanto a sus funcionarios como a la familia de su esposa, Margarita Zavala Gómez del Campo, respecto al «Caso ABC», dado que la guardería era manejada por una sociedad anónima constituida por Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo, prima de la “primera dama”. En tanto, el actual coordinador de Política y Gobierno de la Presidencia, aseguró que además de que el entonces secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, le reclamó por su proyecto donde responsabilizaba a 14 funcionarios del incendio, los pasillos de la Corte estuvieron tomados por secretarios de Estado y el director del IMSS.
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