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Corte Internacional de Justicia niega medidas provisionales para proteger embajada de México en Ecuador… pero
La Corte Internacional de Justicia negó aplicar medidas provisionales para proteger la embajada de México en Ecuador. Esto tras la solicitud hecha por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) como parte de la demanda por el ingreso de fuerzas policiacas ecuatorianas al establecimiento diplomático para arrestar al exvicepresidente Jorge Glas, pese a estar asilado.
De acuerdo con el documento publicado, la Corte Internacional de Justicia determinó por unanimidad que las circunstancias, tal como se presentan ahora, no requieren del ejercicio de su facultad en virtud del Artículo 41 del Estatuto. Ello dado que tal legislación establece que tendrán la facultad para indicar, si considera que las circunstancias así lo exigen, las medidas provisionales que deban tomarse para resguardar los derechos de cada una de las partes en el juicio.
Citando documentos del caso Estados Unidos vs Irán de 1979, el órgano internacional sostuvo que “no hay prerrequisito más fundamental para el desarrollo de las relaciones entre Estados que la inviolabilidad de los enviados diplomáticos y las embajadas”. A la par, sostuvo que la diplomacia ha resistido la prueba de siglos y demostrado ser un instrumento esencial para la cooperación efectiva en la comunidad internacional, a fin de permitir a los Estados, independientemente de su
sus diferentes sistemas constitucionales y sociales, lograr un entendimiento mutuo y resolver sus diferencias por medios pacíficos.
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La Corte Internacional de Justicia argumentó que su fallo contra medidas provisionales fue dado basándose en particular en las seguridades dadas por Ecuador, tanto por escrito como durante las audiencias públicas. En tanto, argumentó que actualmente no existe urgencia para ello, en el sentido de que no existe un riesgo real e inminente de daños irreparables en perjuicio de los derechos reclamados por México.
Ante ello, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) reaccionó diciendo que la decisión de la Corte en esta etapa representa un avance en la protección de los intereses de México, dado que reconoce la inviolabilidad de locales diplomática como uno de los principios fundamentales del derecho internacional para la adecuada relación entre Estados. A la par, indicó que si no hubiera solicitado México las medidas provisionales, Ecuador no se hubiera comprometido a proteger los locales diplomáticos mexicanos.
Finalmente, la secretaría bajo el mando de Alicia Bárcena Ibarra explicó que el juicio continuará y en siguientes etapas el máximo tribunal recibirá argumentos sobre el fondo del asunto. Sobre ello, explicó que se abordará el alcance de las violaciones a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas por parte de Ecuador
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