Nación
CNDH se pronuncia respecto al Acuerdo sobre uso de Fuerzas Armadas en la seguridad pública

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se pronunció respecto al Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública, debido a que no cumple (el Acuerdo) con los principios de certeza jurídica suficientes para saber en qué momentos se puede permitir la actuación de los militares, ni si estos están capacitados para dicha labor.
Ya que en el Acuerdo no se define con claridad los términos: “extraordinaria”, “fiscalizada”, “subordinada” y “complementaria”; cabe señalar que ni en el artículo Quinto transitorio del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Guardia Nacional, en la Ley de Uso de la Fuerza, ni en la Ley de la Guardia Nacional está clara la definición de estos términos, lo que pone en riesgo la garantía de los derechos humanos.
En un comunicado, la CNDH resalta que la participación de la Fuerza Armada, en el ámbito de seguridad, debe estar regulada mediante mecanismos legales y protocolos sobre el uso de la fuerza, conforme a estrictos criterios de excepcionalidad, proporcionalidad y absoluta necesidad, pues recordó que en el pasado el Estado mexicano ha sido condenado por los abusos e impunidad de las Fuerzas Armadas.
Por eso, insistió el Organismo de los Derechos Humanos, que la participación de las fuerzas armadas en la seguridad pública debe ser extraordinaria, de tal modo que su intervención resulte excepcional, temporal y restringida.
Señaló que es necesario asegurar una estricta fiscalización de la intervención de las Fuerzas Armadas en funciones de seguridad pública por el Congreso de la Unión, la sociedad, los órganos civiles competentes y autónomos como la misma CNDH.
Finalmente, dijo que, aunque reconoce los esfuerzos de las Fuerzas Armadas en los últimos dos años, la Comisión dará seguimiento permanentemente a su participación, de acuerdo, con su carácter de organismo constitucional autónomo, y conforme al mandato de proteger, observar, promover y divulgar los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano.
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