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TEPJF ordena al congreso de Hidalgo el acceso a candidaturas a personas con discapacidad
Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso del estado de Hidalgo a legislar y establecer acciones afirmativas para garantizar que las personas con discapacidad sean postuladas como candidatas y candidatos, y existan todos los mecanismos para su ejercicio del voto.
Debido a que el proceso electoral para definir 84 ayuntamientos en ese estado inicia el próximo 15 de diciembre, y las elecciones se realizarán el 7 de junio de 2020, las medidas deberán ser avaladas por el Congreso para los siguientes comicios. En la sentencia se señala que en caso de que el Congreso no legisle, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo queda vinculado a diseñar los lineamientos respectivos, a partir de consulta prevista en la Convención de la ONU, y expedirlos 90 días antes del inicio de dicho proceso electoral.
«Tanto el Congreso local, como el Consejo General del Instituto Electoral de Hidalgo y las autoridades correspondientes deberán asegurarse de que las personas con discapacidad que sean electas para cargos públicos cuenten con todo lo necesario para ejercer su mandato de modo plenamente accesible», informó el Tribunal.
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Asimismo, con la resolución, el TEPJF revocó la decisión del Tribunal local de Hidalgo, que determinó que el Congreso de ese estado no incurrió en omisión legislativa, a partir de la impugnación de un ciudadano.
En su escrito, el Tribunal Federal impugnó la decisión del Congreso local ante el Tribunal del Estado por omisión legislativa y no establecer en las diversas legislaciones que contemplan la elección de cargos públicos, acciones afirmativas o medidas compensatorias que garanticen que las personas con discapacidad puedan ser postuladas y postulados a candidaturas, o bien, designados a un cargo público, bajo el sistema de cuotas.
Durante la sesión, las magistradas y los magistrados determinaron «dar la razón al ciudadano porque de diversos instrumentos internacionales deriva la obligación del Estado mexicano de adoptar todas las medidas necesarias para asegurar a las personas con discapacidad el ejercicio de sus derechos político-electorales, así como el derecho a la participación, de manera efectiva y en condiciones de igualdad, a través de acciones afirmativas».
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