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Nación

Funcionarios públicos no podrán bloquear a usuarios y periodistas en Twitter

Foto: Twitter

Esta tarde la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó por unanimidad el proyecto de sentencia por el cual se prohíbe a servidores públicos bloquear a usuarios y/o periodistas, ya que en todo momento se debe respetar el derecho al acceso libre a la información.

El proyecto de sentencia presentado por el ministro Eduardo Medina Mora giraba en torno a la discusión de dos derechos: a la privacidad y a la información. Y se resolvió a través de las respuestas a las preguntas: ¿puede un servidor publico bloquear a un ciudadano en Twitter? ¿Qué derecho debe prevalecer?

Los ministros resolvieron que la cuenta del funcionario, “al difundir información sobre las funciones y actividades de su encargo, al bloquear a un seguidor, está incumpliendo la obligación de difundir información relativa a sus actividades. En consecuencia está restringiendo el derecho de acceso a la información del usuario bloqueado. Situación que constituye un acto de autoridad”

Así, la Corte definió la protección del quejoso de su derecho al acceso a información en todo momento, aunque el funcionario ya no ocupe el cargo, siempre y cuando no se presente una conducta abusiva que justifique el bloqueo.

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La sentencia es resultado del recurso de revisión 100/2018 contra la sentencia dictada el 25 de mayo de 2018, en el juzgado décimo octavo de distrito de Veracruz. La demanda presentada por el periodista Miguel Angel León Carmona consideraba que el bloqueo en Twitter por parte de Jorge Winckler Ortiz, fiscal general de la Veracruz, constituía un acto de discriminación, en tanto que los medios electrónicos, para él, son una fuente importante para la realización de su actividad periodística.

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