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SCJN rechaza alternancia de género en gubernaturas

SCJN rechaza alternancia de género en gubernaturas
Foto: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó imponer a los estados la obligación de garantizar la alternancia de género en las gubernaturas al postular en un año electivo a únicamente puras mujeres y en el siguiente a solamente hombres.

Con cinco votos a favor y cuatro en contra los ministros avalaron la reforma hecha en el estado de Durango donde se obliga a que haya paridad de género en diputaciones locales y ayuntamientos y que había quedado establecida en el Código Electoral desde julio pasado, pero los integrantes del pleno de la Corte negaron avalar que la misma regla se aplique en la elección del titular del Ejecutivo Estatal.

Cabe señalar que esta legislación es distinta a la ordenada por el Instituto Nacional Electoral (INE) en la que los partidos políticos están obligados a postular a cinco mujeres y cuatro hombres en las nueve gubernaturas que estarán en disputa en 2024.

El Pleno de la Corte realizó el análisis de las impugnaciones formuladas en contra del Decreto 407, publicado el 31 de julio de 2023, por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango.

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En su argumentación los ministros Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel Mossa, Juan Luis González Alcántara y la presidenta Norma Piña, afirmaron que la reforma hecha en 2019 al artículo 35 de la Constitución ya obligaba a los estados a garantizar la paridad de género en todos los cargos de elección popular, pero que los Congresos locales han sido omisos en legislar sobre el tema.

En ese sentido, Yasmín Esquivel señaló que los estados deberían garantizar en su legislación electoral la alternancia sexenal en las postulaciones a la gubernatura, para que cada seis años hubiera una mujer y luego un hombre.

En ese mismo sentido se pronunció la ministra presidenta al afirmar que “la paridad es un principio que abarca a las gubernaturas” por lo que también deberían incluirse, pero también reconoció que la paridad no es una regla forzosa.

Contrario a estas posturas, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, ponente del proyecto, explicó que «no existe un deber constitucional para las legislaturas locales de establecer un régimen de alternancia de género por período electivo en las Gubernaturas».

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