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Argumenta gobierno de Layda Sansores contra el amparo a favor de ‘Alito’ Moreno

Foto: Especial

El gobierno de Layda Sansores cuestionó el amparo que obtuvo Alejandro ‘Alito’ Moreno, presidente del Partido Revolucionario Institucional (PRI), para evitar que sigan dando a conocer audios acusándole de supuestos comportamientos ilícitos. Esto por considerar que no existían argumentos legales para que a este le fuera otorgada una suspensión de plano dado que no cumple con ninguno de los escenarios establecidos para eso.

Durante su programa “Martes del Jaguar”, Juan Pedro Alcudía, consejero jurídico del gobierno de Layda Sansores, relató que ‘Alito’ Moreno intentó promover en primer lugar un amparo en Ciudad de México (CDMX), pero que el juez de distrito de amparo en materia Administrativa del Primer Circuito se declaró incompetente en razón del territorio. Ante ello, fue turnado al segundo distrito en Campeche, donde un juez determinó que no era competente porque el acto, la difusión de audios, fue realizado en distintas plataformas y no solo en un lugar, de modo que se debía resolver donde se formuló la solicitud.

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Derivado de la decisión, el Juzgado Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México fue el elegido como encargado de resolver sobre el juicio donde el dirigente priista buscaba una medida provisional, pero le fue negada.

El consejero jurídico del gobierno de Campeche comentó que después, Alejandro Moreno promovió un amparo en Nuevo León el 14 de julio de este mes, mismo que fue respondido con una negativa el día 18 de julio porque el Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León consideró que no era competente. Sin embargo, indicó que justo el martes 19, horas antes del programa, le fue concedida la suspensión de plano.

Este dijo que si bien la ley contempla la posibilidad de otorgarlo, el caso del dirigente tricolor no cumple con ninguno de los escenarios previstos para ello, dado que únicamente ese recurso aplica en un catálogo para proteger bienes jurídicos de mayor relevancia. Como ejemplos, mencionó que ello solamente aplica cuando está vulnerable la vida e integridad de una persona, ataques a la libertad personal, que esté en riesgo de incomunicación, deportación, expulsión, proscripción o destierro, extradición desaparición forzada u otros tormentos establecidos en el artículo 22 constitucional.

“Ahora resulta que la torturadora soy yo […] ¿cuándo lo hemos azotado?”, dijo la mandataria campechana quien ironizó diciendo que ahora ‘Alito’ Moreno es el indefenso y agregó que si en realidad recibió tortura psicológica entonces debería dejar los cargos públicos que ostenta porque debe tener secuelas. En tanto, el funcionario anunció que se interpuso un recurso de queja contra la determinación y se remitirá a un tribunal colegiado para que conozca de la misma.

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