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Revoca TEPJF acuerdo para remover consejeros electorales de Morelos

Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) para remover a tres consejeros del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana. 

Los consejeros del instituto electoral local de Morelos, Isabel Guadarrama, Alfredo Arias y José Enrique Pérez Rodríguez fueron denunciados por el Partido Social Demócrata en 2019. La organización política acusó presuntas irregularidades que implicarían negligencia y descuido en el desempeño de sus funciones. 

De manera específica, se denunció que estos tres consejeros electorales de Morelos no observaron el plazo de 30 días naturales legalmente previsto para resolver sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones estatuarias que el partido presentó el 25 de junio de ese año. 

Además, habrían omitido registrar a los titulares de los órganos directivos del partido que fueron hechos del conocimiento de la autoridad administrativa el 16 y 29 de julio. El órgano local se conforma con siete integrantes, pero una de ellas falleció y otra fue removida. 

El pasado 13 de enero pasado la Sala Superior ordenó dar entrada a la denuncia; sin embargo, la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE determinó continuar con la remoción iniciada, a pesar del proceso electoral ordinario que se lleva a cabo en el estado. 

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Los consejeros impugnaron la determinación y solicitaron la suspensión del procedimiento de remoción por representar un riesgo para el desarrollo de los comicios; esto por la infección de Covid-19 que contrajo otro de ellos y el riesgo que representa para los consejeros que estuvieron en contacto con él. 

Ante este panorama, las magistradas y magistrados de la Sala Superior del TEPJF revocaron el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral. Como argumento mencionaron que esta unidad carece de atribuciones para pronunciarse respecto de la remoción hasta que concluya el proceso electoral en curso en ese estado. 

Asimismo, se determinó que la decisión debe ser tomada por el Consejo General del INE debido a la trascendencia y a que la determinación que se tome al respecto puede tener un impacto en la integración del organismo público local electoral de frente a los comicios. 

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