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TEPJF anula fragmento de convocatoria de Morena por violentar el derecho de audiencia

Foto: Twitter / TEPJF

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló una de las partes de la convocatoria de emitida el 29 de marzo por el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por considerar que se está violentando el derecho de audiencia y que hay una falta de reglas para operar

La Sala Superior del Tribunal votó de manera unánime el proyecto a favor de revocar una parte de la convocatoria de Morena emitida el 29 de marzo para celebrar el Congreso Nacional los próximos días 27 y 28 de junio para renovar sus dirigencias ante la presentación de distintas demandas por segunda ocasión tras una resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia.

«El proyecto en lo conducente establece que la Comisión Nacional de Honor y Justicia reconoce que no dio vista a la parte actora con los informes rendidos por los órganos entonces responsables, ni otorgó un plazo para que manifestaran lo que a su derecho conviniera, por lo que se violó el procedimiento previsto en el artículo 44 de su reglamento», explicó el secretario general de acuerdos, Rolando Villafuerte Castellanos.

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De acuerdo al TEPJF, dicho apartado de la convocatoria no contempló el derecho de audiencia de quieres aspiran a la presidencia de Morena y la secretaría general del CEN, careciendo además de reglas claras de participación, violando con ello los principios de certeza y legalidad, dando tres días a la Comisión antes mencionada para reponer el procedimiento y notificar el informe rendido a la parte inconforme de manera electrónica o por mensajería.

La Sala Superior también determinó que los inconformes tendrán un lapso de 48 horas para manifestar lo que a su derecho convenga, tras recibir el informe enviado por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, debiendo esta dictar posteriormente una resolución que proceda conforme a derecho atendiendo los motivos de inconformidad relacionados con el derecho de audiencia de las y los aspirantes a participar en dicho proceso interno y la oportunidad de hacer campaña.

Finalmente se vinculó a la CNHJ para resolver de manera conjunta todas las quejas en las que se reclame tanto la convocatoria emitida el 29 de marzo, como la expedida el 29 de junio, debiendo informar también al TEPJF sobre el cumplimiento de estas órdenes.

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