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CNDH se pronuncia respecto al Acuerdo sobre uso de Fuerzas Armadas en la seguridad pública

Foto: Cuartoscuro

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se pronunció respecto al Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública, debido a que no cumple (el Acuerdo) con los principios de certeza jurídica suficientes para saber en qué momentos se puede permitir la actuación de los militares, ni si estos están capacitados para dicha labor.

Ya que en el Acuerdo no se define con claridad los términos: “extraordinaria”, “fiscalizada”, “subordinada” y “complementaria”; cabe señalar que ni en el artículo Quinto transitorio del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Guardia Nacional, en la Ley de Uso de la Fuerza, ni en la Ley de la Guardia Nacional está clara la definición de estos términos, lo que pone en riesgo la garantía de los derechos humanos.

En un comunicado, la CNDH resalta que la participación de la Fuerza Armada, en el ámbito de seguridad, debe estar regulada mediante mecanismos legales y protocolos sobre el uso de la fuerza, conforme a estrictos criterios de excepcionalidad, proporcionalidad y absoluta necesidad, pues recordó que en el pasado el Estado mexicano ha sido condenado por los abusos e impunidad de las Fuerzas Armadas.

Por eso, insistió el Organismo de los Derechos Humanos, que la participación de las fuerzas armadas en la seguridad pública debe ser extraordinaria, de tal modo que su intervención resulte excepcional, temporal y restringida.

Señaló que es necesario asegurar una estricta fiscalización de la intervención de las Fuerzas Armadas en funciones de seguridad pública por el Congreso de la Unión, la sociedad, los órganos civiles competentes y autónomos como la misma CNDH.

Finalmente, dijo que, aunque reconoce los esfuerzos de las Fuerzas Armadas en los últimos dos años, la Comisión dará seguimiento permanentemente a su participación, de acuerdo, con su carácter de organismo constitucional autónomo, y conforme al mandato de proteger, observar, promover y divulgar los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano.

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Nación6 mins ago

Inai investigará divulgación de datos personales por publicación de documentos sobre pensión de Pemex a Ma. Amparo CasarEl Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) informó que investigará la divulgación de datos personales de diversas personas por la publicación de documentos sobre una pensión de Petróleos Mexicanos (Pemex) dada a María Amparo Casar Pérez. Esto luego de que el gobierno federal publicara los documentos del expediente con el cual la empresa paraestatal está buscando recobrar 31 millones de pesos cobrados por ella, alegando que obtuvo el beneficio ilegalmente al falsear la causa de muerte de su cónyuge. A través de un comunicado, el Inai informó que inició una investigación de oficio por la divulgación de datos personales contenidos en diversos documentos del expediente del caso “Márquez Padilla”. Al respecto, precisó que estos fueron publicados por la Oficina de la Presidencia de la República, el viernes 3 de mayo. Esto luego de que compartiera un link de acceso a estos en redes sociales oficiales del gobierno federal. El instituto presidido por Adrián Alcalá Méndez argumentó que, de acuerdo con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), la Presidencia de la República es responsable de proteger los datos personales que posee y trata en el ejercicio de sus atribuciones. Por ende, dijo, está obligada a cumplir con los principios, deberes y obligaciones, previstos en la normatividad. “El INAI advirtió que los documentos publicados contienen datos de personas relacionadas por vínculos de parentesco, que identifican o hacen identificables a diferentes personas físicas, por lo que presume la existencia de incumplimientos a la LGPDPPSO. A la par de la investigación de oficio, el Instituto se mantiene atento a las denuncias que pudieran presentar las personas afectadas por la difusión de sus datos personales, a fin de iniciar los procedimientos correspondientes”, redactó. Durante la ‘mañanera’ del viernes, el director general de Pemex, Octavio Romero Oropeza, detalló que el 7 de octubre de 2004, Carlos Fernando Márquez Padilla García, coordinador de asesores de la Dirección Corporativa de la Administración de la paraestatal, falleció tras su caída desde el piso 12 del edificio A de Pemex. Derivado de ello, María Amparo Casar Pérez, solicitó a Pemex 1) el pago de seguro de vida; 2) ayuda de gastos funerarios; 3) pensión postmortem a favor de sus dos hijos, misma que cubrió hasta que cumplieron 25 años; y 4) la pensión postmortem a favor de ella por aproximadamente 124,948 pesos mensuales Sin embargo, el ingeniero tabasqueño sostuvo que aunque tales beneficios le fueron concedidos, esto no tuvo que haber sido así, puesto que el acaecimiento del funcionario no fue un accidente de trabajo sino un suicidio. A la par, indicó que dicho dato está fundamentado en el dictamen pericial en materia de Criminalística y la Determinación de No ejercicio de la Acción Penal entregado por la Fiscalía General de Justicia de Ciudad de México (FGJCDMX). Asimismo, Romero Oropeza aseguró que como antecedente se sabe que Casar Pérez y el escritor Héctor Aguilar Camín acudieron con el entonces procurador capitalino, Bernardo Bátiz, y le pidieron que no se pusiera en el dictamen que fue suicidio el que cometió su cónyuge, sino accidente para obtener la pensión. Sin embargo, dijo que aunque este no cedió y los documentos confirmaron que Carlos Fernando Márquez Padilla García se quitó la vida voluntariamente, funcionarios de Pemex desestimaron ese dato para que procediera la petición de la titular de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI).

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