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Economía

Violentó equidad y paridad de género la elección de la dirigencia nacional petrolera

Violentó equidad y paridad de género la elección de la dirigencia nacional petrolera
Foto; Cortesía

La convocatoria emitida para elegir a la actual dirigencia del sindicato petrolero violó la equidad y paridad de género, de acuerdo con el fallo de la justicia federal que amparó de fondo a la trabajadora petrolera y abogada, Cristina Alonso García. La resolución además indica que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) que avaló el proceso, debe emitir un nuevo dictamen luego que había desestimado los argumentos de género, y posteriormente dio la toma de nota a Ricardo Aldana, dirigente nacional petrolero.

El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, concluyó que se vulneraron los derechos de la quejosa quien en sus argumentosexpuso que las trabajadoras petrolerasno tienen las mismas condiciones de participación que los hombres.

Cristina Alonso estableció que aunque la plantilla de personal agremiado es de mujeres en 40%, los órganos directivos del Sindicato de TrabajadoresPetroleros de la República Mexicana (STPRM), están integrados por hombres, desde la dirigencia nacional, los seccionales y otro renglones como el de comisionados con más de 120 personas con ese estatus.

A pesar de que la Ley Federal del Trabajo -reformada en 2019- establece que deben atenderse las normas de paridad, la representante agregó en el juicio quedesde la convocatoria se violentó ese principio. Por ello recurrió a la justicia federal, luego que la primera instancia había decidido no entrar al fondo del asunto.

El juicio 2678/2022-VIII presentado hace más de dos años avaló que se vulneran sus derechos. Cristina Alonso había establecido en sus alegatos que se trata de reivindicar al resto de trabajadoras que tienen capacidad e interés de participar.

Por todo ello “la Justicia de la Unión ampara y protege a María Cristina Alonso García”, y revoca la sentencia previa que emitió la Jueza Cuarta de Distrito que había revisado el reclamo legal, indica la resolución.

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Alonso García argumentó que en un proceso sindical electoral la representación proporcional de género se debe dar en la integración de las planillas nacionales y en su caso de las directivas seccionales. En consecuencia, estableció que las fórmulas de candidaturas deberán considerar suplentes del mismo género al de la persona propietaria para evitar trampas en los procesos.

De acuerdo a la norma en vigor se deben atender los criterios de paridad y equidad desde el número de posiciones y la importancia de las carteras considerando su carácter de decisión.

La abogada cuestionó que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral no respetó la norma, dando aval a la convocatoria emitida para sustituir a Carlos Romero Deschamps, en cuyo proceso resultó ganador Ricardo Aldana, quien hoy es secretario general con una dirigencia exclusiva de hombres.

Corresponde ahora, de acuerdo con el texto del fallo, al titular del Centro Federal, Alfredo Domínguez Marrufo, atender la sentencia y a la brevedad emitir un nuevo dictamen sobre lo que fue su aval al proceso.

El fallo se notificó a la institución hace varios días y se prevé que se emita respuesta antes de que se emita la nueva convocatoria, en octubre, para iniciar el proceso de renovación de la dirigencia del STPRM durante este año.

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