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«TEPJF no está sometido a ninguna autoridad jurisdiccional»: Mónica Soto

Foto: Especial

La magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Aralí Soto Fregoso, declaró que el órgano que preside no está sometido a ninguna autoridad jurisdiccional. Esto como respuesta a la definición que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al señalar que no tiene facultades para invalidar juicios de amparo, tal como lo hizo para ordenar al Comité de Evaluación del Poder Judicial que continuara con su papel en la preparación de la elección judicial.

Durante el Informe de Labores de la Sala Regional Especializada, Mónica Soto expresó que la Constitución Política únicamente mandata al TEPJF someterse a lo que dice su texto, lo cual debe hacer para fortalecer su compromiso con la justicia electoral y con la democracia mexicana ante los cambios de la Reforma Judicial. Esta sostuvo que sus integrantes se mantendrán firmes en sus convicciones para defender los principios democráticos y la certeza jurídica de los procesos electorales.

La magistrada presidenta manifestó enseguida que el tribunal electoral siempre ha sido, es y será garante de la legalidad, de modo que continuará brindando certeza jurídica y paz social con sus resoluciones. En tanto, apuntó que antes de terminar su discurso quería reiterar que sus competencias y facultades no son una cuestión de interpretación discrecional, sino un mandato constitucional y convencional.

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«El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no está subordinado a ninguna otra autoridad jurisdiccional (…) El sistema electoral mexicano -del cual este órgano jurisdiccional es parte- garantiza elecciones democráticas y la renovación de los poderes en un ambiente de legalidad y paz social. La presentación de un medio de impugnación en materia electoral no provoca la suspensión del acto o resolución impugnada», declaró en contrasentido a lo que decidía casi simultáneamente la SCJN.

La presidenta del máximo tribunal electoral del país recordó además que las sentencias son definitivas e inatacables, de modo que deben ser acatadas en sus términos por todas las partes involucradas. Añadió que en todo proceso electoral y en cada etapa impera el principio de definitividad y no pueden ser revisados modificados o revocados. En tanto reiteró que el juicio de amparo no es procedente contra actos en materia electoral y que la SCJN conoce solamente de acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes electorales.

Contrario a lo expresado por el ministro Alfredo Ortiz Mena, Mónica Soto expresó que no existe alguna disputa competencial y no buscan asumirse como superiores jerárquicos de alguna otra autoridad jurisdiccional. Sin embargo, resaltó que tampoco permitirán ninguna intromisión a sus competencias, por lo que defenderán al TEPJF con la Constitución en la mano y con una interpretación gramatical.

Finalmente, afirmó que ante una posible intromisión y agresión a nuestras competencias responderán los magistrados con la verdad y con la Carta Magna en la mano, insistiendo en que la impartición de la justicia por parte del tribunal electoral siempre se ha hecho con total respeto a los cauces institucionales. En tanto, adelantó que continuarán haciendo valer sus argumentos jurídicos en las sentencias, mimas que siempre estarán debidamente fundadas y motivadas en el marco constitucional y convencional aplicable.

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