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TEPJF da 48 horas a Morena para fundamentar la candidatura de Barbosa
Morena tendrá que volver a redactar el dictamen mediante el cual fundamente la decisión de designar a Miguel Barbosa como su candidato. El día de hoy, el TEPJF decidió sobre el expediente SUP-JDC-75/2019, en el cual es relativo a la denuncia que Alejandro Armenta, senador con licencia de Morena, interpuso en contra de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena ante la designación de Miguel Barbosa como candidato de Juntos Haremos Historia en Puebla.
El proyecto discutido el día de hoy, surgido del juicio promovido por Armenta Mier, consideró que hay un agravio fundamentado con la indebida delimitación por la que se circunscribía la determinación del Comité Ejecutivo Nacional para efectos de designar al candidato a la gubernatura de Puebla por Morena.
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Esta conclusión, de acuerdo con el proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera, se considera procedente dada la falta de motivación y fundamentación del dictamen emitido por el Comité Ejecutivo Nacional el pasado 29 de marzo, dado que se limita a designar a Barbosa sin precisar los motivos específicos de la decisión pese a tener la obligación constitucional y legal de expresar cuáles fueron los requisitos, resultados de las encuestas y elementos que fueron tomados en cuenta para definir al candidato ganador.
El magistrado Fuentes Barrera señaló durante su exposición que el partido le dio a conocer la metodología de la encuesta que se practicó al entonces precandidato Alejandro Armenta, por lo que en ese caso no hay una arbitrariedad y que prueba de ello se encuentra en la manera en que el senador con licencia relató su argumentación de la demanda, donde en distintos momentos da la metodología y documentos normativos internos.
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Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien votó en contra, argumentó que el problema del dictamen no era únicamente el hecho de desconocer una falta de exactitud con las reglas en el documento final de designación de Miguel Barbosa, sino que no hay una regla estándar para la metodología desde el inicio de la precampaña, comprometiendo incluso a firmar a los candidatos internos a aceptar resultados de una encuesta futura sin que se indique algo sobre la metodología.
La votación se encontró “dividida”, encontrando tres votos a favor del proyecto (magistrada Mónica Soto, magistrado Fuentes Barrera y magistrado Vargas) y 3 en contra (magistrada Otálora, magistrado Infante y magistrado Reyes Mondragón).
De esta manera y por el voto de calidad del magistrado presidente, se revocó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, así como el dictamen del Comité Ejecutivo Nacional que ordena la presentación de otro dictamen en 48 horas, debidamente fundado y motivado como lo solicita el proyecto, quedando el registro de la candidatura condicionado a ese nuevo documento.
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